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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 376026 nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 225006-2 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 282-2008-CG Lima, 9 de julio de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 144-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Chao, provincia de Virú, La Libertad, por el período comprendido entre Ene.2003 - Ene.2006; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dispuso la realización de una acción de control en la Municipalidad Distrital de Chao, a fi n de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, incidiendo en la verifi cación de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Órgano Superior de Control; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que la municipalidad ejecutó la obra “Losa Multideportiva Nuevo Chao” por S/. 18 736,15, sin cumplir con las especifi caciones técnicas consignadas en el Expediente Técnico aprobado, lo cual ha generado el deterioro de su estructura; asimismo, se ha determinado que adicionalmente al Expediente Técnico aplicado en la ejecución de la obra, la entidad ya contaba con un Expediente Técnico para los mismos fi nes, por cuya elaboración desembolsó la suma de S/. 5 700,00, sin haberle dado uso; hechos que en su conjunto ocasionaron un perjuicio económico de S/. 24 436,15, que requiere ser resarcido, de conformidad con el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 225006-3Ratifican a funcionario responsable de la actualización de la información ofrecida en el portal de internet de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 283-2008-CG Lima, 9 de julio de 2008 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 008-2008-CG/ SGE, emitida por la Secretaría General de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo al artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, asimismo, el artículo 5º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 ha dispuesto que corresponde a la entidad pública identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, por Resolución de Contraloría Nº 256-2007-CG se designó a la Ing. Luz Marina Oré Sosa, entonces encargada de la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, como el funcionario responsable de la actualización de la información ofrecida en el Portal Internet de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 017- 2008-CG, se encargó al Ing. Leoncio José Rodríguez Manyari, el cargo de Gerente de Tecnologías y Sistemas de Información de la Contraloría General de la República; por lo que, resulta necesario adecuar lo dispuesto en la Resolución de Contraloría Nº 256-2007-CG; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratifi car como funcionario responsable de la actualización de la información ofrecida vía el Portal de Internet de la Contraloría General de la República al Ing. Leoncio José Rodríguez Manyari, Gerente (e) de Tecnologías y Sistemas de Información de la Contraloría General de la República, a partir de la asunción de dicha encargatura. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 256-2007-CG, así como toda disposición interna que se oponga a lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese GENERO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 225006-4Descargado desde www.elperuano.com.pe