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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 376068 área competente, efectúe la contratación mediante “Acciones Inmediatas”, mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente, debiendo la misma velar para que servicio a contratarse cumpla con las especifi caciones mínimas para estos casos. Artículo Tercero.- Derivar el Acuerdo de Concejo al Órgano de Control Institucional a efectos de iniciar las acciones conducentes al establecimiento de las Responsabilidades Administrativas, Civiles y/o Penales de los Funcionarios y/o Servidores Públicos, cuya actuación haya generado la confi guración de la causal de Desabastecimiento.Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General hacer de conocimiento el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes, y a la Sub Gerencia de Logística efectuar la publicación del Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase.MIRNA VILLACORTA CARDENAS Alcaldesa 222950-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de resolución que modifi ca las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión de la empresa Red Eléctrica del Sur S.A. para el período mayo 2008-abril 2009 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 486-2008-OS/CD Lima, 11 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3° de la Resolución OSINERGMIN Nº 456-2008-OS/CD, dispuso que la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN inicie el Procedimiento de Regulación de las Tarifas correspondientes al Sistema Secundario de Transmisión de la empresa Red Eléctrica del Sur S.A. (en adelante “REDESUR”), con vigencia a partir del 1 de mayo de 2008, teniendo en consideración lo dispuesto en el Addendum N° 5 a su Contrato de Concesión; Que, el OSINERGMIN ha procedido con publicar en su página Web, el cronograma del Procedimiento para la Modifi cación de las Tarifas y Compensaciones del Sistema Secundario de Transmisión de REDESUR como consecuencia del Addendum N° 5 al Contrato BOOT; Que, de acuerdo con el cronograma del procedimiento y en cumplimiento del Principio de Transparencia a que se refi ere el Artículo 8º del Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, corresponde realizar la publicación del proyecto de Resolución que modifi ca los cargos tarifarios indicados en el considerando anterior, a fi n de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados y administrados en general; Que, adicionalmente, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, concordante con el mandato contenido en el numeral 1.12 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que consagra el Principio de Participación, se debe cumplir con el trámite de ley de llevar a cabo una audiencia pública descentralizada, con anterioridad a la publicación defi nitiva de la resolución que apruebe las referidas modifi caciones de tarifas; Que, considerando lo informado por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria con el informe N° 0303-2008-GART; y De conformidad con lo establecido en el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en lo dispuesto en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. SE RESUELVE:Artículo 1º .- Dispóngase la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página WEB del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe , del proyecto de resolución que modifi ca las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión de la empresa Red Eléctrica del Sur S.A., para el período mayo 2008 – abril 2009. Dicho proyecto de resolución fi gura como Anexo 2 de la presente resolución. Artículo 2°.- Dispóngase la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del OSINERGMIN, de la relación de información que se acompaña como Anexo 1 de la presente resolución. Artículo 3º .- Convóquese a Audiencia Pública para la sustentación y exposición, por parte del OSINERGMIN, de los criterios, metodología y modelo económicos utilizados en el proyecto de resolución a que se refi ere el Artículo 1°, que se realizará en la fecha, hora y lugares siguientes: Fecha : Jueves 17 de julio de 2008 Hora : 10:00 a.m.Lugar : LIMA Auditorio Principal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria. Av. Canadá N° 1460, San Borja. Fecha : Viernes 18 de julio de 2008 Hora : 10:00 a.m. Lugar : TACNA Auditorio de la Cámara de Comercio de Tacna Calle Alfonso Ugarte N° 56, Tacna Artículo 4 º- Defi nir un plazo de siete (07) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la prepublicación a que se refi ere el artículo precedente, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá Descargado desde www.elperuano.com.pe