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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2008 (12/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 376055 CUADRO Nº 01 Nº Vías Nº Vías 1 AV. TOMAS MARSANO 15 AV. BENAVIDES 2 AV. AVIACION 16 AV. NICOLAS ARRIOLA3 AV. LARCO 17 AV. DE LOS HEROES4 AV. CAMINO REAL 18 AV. CARLOS IZAGUIRRE5 AV. CAVENECIA 19 AV. JOSE PARDO6 AV. SALAVERRY 20 AV. EDUARDO HABICH7 AV. GUZMAN BLANCO 21 AV. DEL EJERCITO8 AV. PASEO DE LA REPUBLICA 22 AV. LA MOLINA9 AV. WIESE 23 AV. TOMAS VALLE 10 AV. TINGO MARIA 24 AV. BOLIVAR 11 AV. DEFENSORES LIMA 25 AV. 09 DE OCTUBRE 12 AV. PACHACUTEC 26 AV. CANADA13 AV. BRASIL 27 AV. ARENALES14 AV. HUAYLAS Artículo 2º Los paraderos a implementarse se constituyen en paraderos autorizados y serán del tipo Universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en Lima Metropolitana. Artículo 3º Los Paraderos Autorizados serán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y /o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), si lo hubiese; en cada una de las vías señaladas en el Anexo I. Artículo 4º La vigencia de los Paraderos Autorizados mediante esta Resolución están condicionados a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 5º Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos Paraderos autorizados. Artículo 6º Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencias. Artículo 7º Encargar a la Subgerencia de Fiscalización de Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto de los Paraderos Autorizados. Artículo 8º Disponer la publicación del Anexo 1 en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano. Articulo 9º La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.JAIME JOSE ZAMBRANO PASTOR Subgerente Gerencia de Transporte Urbano Subgerencia de Regulación del Transporte 225694-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen el embanderamiento de inmuebles del distrito con ocasión del aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2008-A/MC Comas, 7 de julio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS COMSIDERANDO:Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia de Perú; Que, siendo ésta una fecha de trascendencia nacional, constituye oportunidad para fomentar entre los vecinos del Distrito los sentimiento de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo y amor a los emblemas patrios, expresados en nuestra Bandera Nacional; Que, en señal de identidad con nuestra símbolos patrios; corresponde en esta fecha conmemorativa el embanderamiento del Distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confi ere el Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER, el EMBANDERAMIENTO GENERAL, de todos los inmuebles del Distrito de Comas, desde el 16 al 31 de julio del año en curso, con ocasión de conmemorarse el 187º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Las Banderas a izar deberán estar en buen estado de conservación, en respecto al símbolo patrio, invitándose a los vecinos a pintar o resanar sus fachadas para un mejor ornato del Distrito. Artículo Tercero.- ENCAIGAR, la supervisión y difusión del cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Participación y Seguridad Ciudadana y la Unidad de Comunicación Municipal, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 224735-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Autorizan Pago de deudas tributarias y otras por servicios comunitarios denominada “Programa Solidario de Canje de Deuda Tributaria y otras por servicios comunitarios” ORDENANZA N° 379-MDEA El Agustino, 12 de junio de 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Ordinaria de fecha, analizó la propuesta de Ordenanza sobre forma de pago de deudas tributarias elaborada por la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, la actual Gestión Municipal ante las dificultades económicas que atraviesan los contribuyentes, se ha visto por conveniente otorgarles a éstos las más amplias facilidades de pago para que cumplan con sus obligaciones tributarias y no tributarias; situación que exige, establecer un procedimiento con la fi nalidad que dichos contribuyentes tramiten acogerse a dichas facilidades;Descargado desde www.elperuano.com.pe