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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 376054 Consejo Directivo del SAT autorizar la participación de la señora Denisse Azucena Miralles Miralles, Gerente de Investigación y Desarrollo, en el referido evento. Que, resulta indispensable la participación de la citada funcionaria en representación de la Institución al evento organizado por el Programa de Implementación del Pilar Externo del Plan de Acción a Mediano Plazo para la Efectividad en el Desarrollo -PRODEV, en tanto que le permitirá reconocer, evaluar y recoger del seminario, las experiencias y conocimientos de las entidades públicas subnacionales en temas relacionados a la gestión para resultados, gestión de programas y proyectos, planifi cación estratégica, y gestión pública en general, lo cual contribuirá en el desarrollo de la Institución, incidiendo indirectamente en benefi cio de la Corporación Municipal. Que, según el artículo 5º de la Ley Nº 27619 y el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funcionario público comisionado, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Que, el Programa de Implementación del Pilar Externo del Plan de Acción a Mediano Plazo para la Efectividad en el Desarrollo -PRODEV no fi nancia los gastos de la citada funcionaria, por pasajes aéreos, tasas de embarque, así como los gastos por alimentación, hospedaje y traslados; por lo que estos conceptos se sujetarán a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Que, si bien el Seminario se inicia el lunes 14 de julio del 2008, la Agenda adjunta a la invitación indica que el evento en general comienza el domingo 13 de julio, con una reunión preliminar de bienvenida, por lo que es necesario que la autorización sea del 13 al 16 de julio del presente año, y se otorguen los viáticos correspondientes. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las de la existencia de fi nanciamiento parcial, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad en el gasto fi scal. Estando a las facultades conferidas al Consejo Directivo del SAT en la Ordenanza Nº 936; por unanimidad de los señores Consejeros participantes se adopta el siguiente acuerdo: SE ACUERDA: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Gerente de Investigación y Desarrollo del SAT, señora Denisse Azucena Miralles Miralles a la ciudad de La Plata, Argentina, los días 13, 14, 15 y 16 de julio de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y tasas del aeropuerto serán cubiertos por el presupuesto institucional del SAT, por los días que dura el evento, del 13 al 16 de abril del presente año, asignándose los topes establecidos en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, considerando la no existencia de fi nanciamiento total ni parcial de parte de la entidad organizadora; debiendo la citada funcionaria rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario del término de la referida comisión, conforme al detalle siguiente: Pasajes : US$ 835.51 Tarifa uso aeropuerto : US$ 30.25 Viáticos (US$ 200.00 x 4 días) : US$ 800.00 TOTAL : US$ 1,665.76Artículo 3º.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro del plazo previsto en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SAÚL F. BARRERA AYALA Jefe del SAT Presidente del Consejo Directivo 225723-1Disponen la implementación de Paraderos de Transporte Público en Vías Metropolitanas de la provincia de Lima RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 007-08-MML/GTU-SRT Lima, 3 de enero de 2008 VISTO: El Informe Nº 178-2007-MML/GTU-SETT, de fecha 27 de agosto del 2007, el Memorando N° 1607-07-MML/GTU- SRT de fecha 17 de diciembre 2007; y CONSIDERANDO Que, la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 54° establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras del sistema Vial Metropolitana, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, la Ordenanza Nº 104-MML, en su artículo 54º establece que en todas las rutas los vehículos se detendrán o dejarán pasajeros, únicamente en los paraderos autorizados y señalizados por la Autoridad Administrativa; Que, la Ordenanza Nº 131-MML en sus artículos 2° y 3°, menciona que es política de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de transporte terrestre, la promoción de la consolidación, efi ciencia, modernización, desarrollo y expansión del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, así como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestación de los servicio público de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiéndole formular objetivos y directrices con el fi n de procurar una efi caz prestación y organización del servicio; Que, siendo necesario establecer un Sistema de Paraderos de Ruta para el transporte público, a fi n de regular de manera racional y funcional los principales componentes que intervienen en el transporte urbano de pasajeros, de tal manera que se cubra las necesidades de servicio a favor del público usuario, consignando una gestión de tránsito y transporte que contribuya a desalentar el uso inapropiado de la Infraestructura vial, producto de las continuas paradas en cualquier punto de la vía, mejorando la operatividad del servicio, permitiendo la reducción de los costos de operación, tiempos de viaje y pérdidas horas-hombre; asimismo, garantizar la seguridad de los usuarios, facilitando su accesibilidad al servicio y reduciendo los riesgos de accidente, con las paradas intempestivas de los vehículos de transporte público; Que, el Informe Nº 178-07-MML/GTU-SETT, emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, de fecha 27 de agosto del 2007, concluye en formalizar la autorización de paraderos y implementos en una primera etapa; Que, la Ordenanza Nº 812-MML establece en su artículo 102°, que la Subgerencia de Regulación del Transporte es el órgano responsable del registro y expedición de las autorizaciones para la circulación del servicio de transporte público y para el uso especial de vías en la provincia de Lima; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 131-MML, Ordenanza N° 104 complementarias y modifi catorias y demás normas modifi catorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º Disponer la implementación de Paraderos de Transporte Público en Vías Metropolitanas de la provincia de Lima, así como la ubicación por sentido de circulación, conforme lo señala el anexo I: Descargado desde www.elperuano.com.pe