Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2008 (26/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2008

del Gobierno Regional de MORDAZA, la contratacion de un profesional especializado en materia constitucional, contenciosa administrativa y procesal con conocimientos acreditados, dado la importancia del caso y el poco tiempo con el que se cuenta para interponer una demanda de cumplimiento en la via contenciosa administrativa para ser efectivo el pago de la renta ficta y las caracteristicas personales y profesionales del perfil del abogado, sugiriendo su contratacion bajo la modalidad de Servicios Personalisimo de acuerdo a lo establecido en el articulo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, complementando el sustento advertido respecto a que resulta inviable la comparacion con otros potenciales proveedores para la contratacion del Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Oficio Nº 463-2008-GRL-GRR: 10/07/07. Que, mediante los Oficio Nº 581-2007-GRL-ORAJ: 18/06/07 y Oficio Nº 1245-2007-GRL-ORAJ: 10/12/07, el Director Regional de la Oficina de Asesoria Juridica, emite el informe legal sobre la aplicacion de MORDAZA legal para el calculo de Canon y Sobre Canon Petrolero y reintegro de regalias; asi como la opinion que se requiere para la contratacion del profesional mencionado bajo la modalidad de servicios personalisimo, de acuerdo a lo expuesto al articulo 145º Decreto Supremo N° 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; advirtiendo mediante Informe Nº 107-2008GRL-ORAJ, haberse evidenciado en el Curriculum Vitae del Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, su especializacion en materia constitucional, civil y contenciosa administrativa, por lo tanto su destreza, habilidad y experiencia esta sustentado en sus anos de MORDAZA profesional y en su condicion de catedratico de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, por lo que califica como profesional para satisfacer la complejidad del objeto contractual del servicio personalisimo. Opinando que el Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos exigidos para ser considerado como un profesional especializado y calificado para el MORDAZA de recuperacion o cumplimiento de la renta ficta al MORDAZA de la Ley N° 26390 y por consiguiente es de aplicacion del Art. 145º del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM -- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para formalizar un CONTRATO DE SERVICIOS PERSONALISIMOS con el y entrar dentro de la exoneracion del MORDAZA de seleccion que se hace referencia en el inc. f) del Art. 19 del Decreto Supremo N° 083-2004- PCM -- Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que permite exonerar de MORDAZA de seleccion cuando se trata de contratacion de servicios personalisimo, por lo que en aplicacion del inc. c) del Art. 20 del cuerpo legal acotado; debe aprobarse mediante Acuerdo de Consejo; complementando dicha contratacion respecto a lo vertido en los Informes Nº 343 y 351-2008-GRL-ORAJ de fechas 04 y 10 de MORDAZA de 2008, respecto a que resulta inviable la comparacion del letrado a contratar con otros abogados existentes en el MORDAZA, MORDAZA si desde el 31 de enero de 2008, viene prescribiendo mes a mes el pago de la renta ficta tal como la Gerencia Regional de Recaudacion lo senala. Que, mediante Informe Nº 002-GRL.ORA.OEL/08: 07/04/08, el Jefe de la Oficina Ejecutiva de Logistica, senala que el expediente cuenta con los informes previos del caso al contener la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de contratar los Servicios Personalisimo que se hacen mencion, complementando la misma mediante el Informe Nº 014-GRL.ORA.OEL/08, senalando que el profesional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es abogado colegiado en el Colegio de Abogados de MORDAZA, con mas de veinticinco anos de ejercicio profesional, notoriamente especializado, con destreza, habilidad, experiencia particular y conocimientos evidenciados en las materias que se requiere, cuenta ademas con una reconocida trayectoria profesional a nivel nacional e internacional, siendo profesor de Derecho Administrativo en prestigiosas universidades, por lo que cumple con los requisitos requeridos, lo que se acredita con su Curriculum Vitae documentado, por lo que sugiere su contratacion mediante la modalidad de Servicios Personalisimos. Que, lo expuesto en los citados informes justifica tecnica y legalmente la procedencia y necesidad de la contratacion del citado profesional mediante la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, cumpliendose asi, con lo previsto en el literal f) del articulo 19º y articulo 20º de la

Ley y, en los articulos 145º al 148º de su Reglamento que permiten la contratacion de personas naturales bajo el supuesto de servicios personalisimos. Que, segun lo dispuesto en el mencionado articulo 20º de la Ley, en el articulo 147º del Reglamento, el Acuerdo de Consejo que aprueba la exoneracion al MORDAZA de Seleccion debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y adicionalmente debera ser publicado a traves del SEACE. Que, mediante Dictamen Nº 008-2008-GRL-CR-CDE, de la Comision de Desarrollo Economico por unanimidad opino que se apruebe la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la contratacion del profesional bajo la modalidad de Servicios Personalisimos; por lo que el Consejo Regional en uso de sus atribuciones, derechos, y obligaciones funcionales establecidos en los articulos 15º literal a) y 16º literal a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº. 27867, y sus modificatorias; articulos 6º literal a) y 10º literal a) del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0012003-CR/RL, en Sesion Ordinaria de fecha 11 de MORDAZA del 2008, llevada a cabo en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto; con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y el MORDAZA en abstencion de la Consejera MORDAZA MORDAZA Aranzabal MORDAZA, representante de la provincia de Alto Amazonas, con dispensa de lectura y aprobacion del Acta; Acordo por Mayoria lo siguiente:

Articulo Primero: Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion directa e inmediata de los servicios personalisimos del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de brindar asesoria especializada en materia de derecho constitucional, contenciosa administrativa y procesal civil, para interponer las acciones legales ante las instancias judiciales contra el Estado en sus entidades competentes, a efectos de lograr la recuperacion y/o hacer efectivo el pago de la renta ficta a favor del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Segundo: Autorizar a la Oficina Regional de administracion, formalice la contratacion del servicio, exonerando mediante acciones inmediatas conforme lo establecen los articulos 20º del D. S. Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 148º del D. S. Nº 0842004-PCM ­ Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que se sujetara a lo establecido en los informes tecnico - legal; asi como, las ampliaciones efectuadas por las diferentes gerencias y jefaturas. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, efectuar las publicaciones en los diarios El Peruano, la Region y en la pagina WEB del Gobierno Regional de MORDAZA, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, MORDAZA del Acuerdo e Informe Tecnico y Legal que dieron origen al presente Acuerdo. POR TANTO: Registrese, Comuniquese y Cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada del Consejo Regional

230848-1

Aprueban Programacion Multianual de Inversion Publica 2009-2011
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 072-2008-SO-GRL: 11/07/08
Iquitos, 11 de MORDAZA del ano 2008 VISTOS: El Proveido Nº 10062 de la Presidencia con fecha 04/07/08, que contiene el Oficio Nº 3296-2008-GRLGRPPAT/SGRIP, que anexa la Programacion Multianual de Inversion Publica 2009 - 2011; Oficio Nº 696-2008-GRLSCR; Oficio Nº 3401-2008-GRL-GRPPAT-SGRIP/OPI, que

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