Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2008 (26/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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376981

Crean el Comite Directivo Regional de MORDAZA para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA - CDRPETIL
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 1205-2008-GRL-P
MORDAZA MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2008

En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CREASE el Comite Directivo Regional de MORDAZA para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA ­ CDRPETIL, cuyo objetivo central es la realizacion de actividades de coordinacion, evaluacion y seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevencion y erradicacion progresiva del trabajo infantil en la region, asi como proponer politicas en el tema de trabajo infantil. Articulo 2º.- El Comite Directivo Regional de MORDAZA para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA ­ CDRPETIL ­ de la Region MORDAZA, estara integrado por: - El Gobierno Regional de Loreto. - La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Loreto. - El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF. - El Colegio de Abogados de Loreto. - ESSAULD - Loreto. - El Colegio de Enfermeros de Loreto. - La Municipalidad Distrital de San MORDAZA Bautista. - La Defensoria del Pueblo de Loreto. - La Comisaria de Mujeres de Loreto. - La MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Iquitos. - La Beneficencia Publica de Iquitos. - La MORDAZA Roja de Loreto. - El Comite de MORDAZA del Gobierno Regional de Loreto. - La Asociacion de la Canoa sin Fronteras. - El Hospital Apoyo Iquitos. - La Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente de Maynas ­ DEMUNA. - El Poder Judicial de Loreto. - La Municipalidad Distrital de Belen. - El Colegio de Obstetras de Loreto. Articulo 3º.- El Comite Directivo Regional de MORDAZA para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA ­ CDRPETIL, estara presidido por el Gobierno Regional de Loreto; y, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de MORDAZA, actuara como Secretaria Tecnica del mencionado Comite. Articulo 4º.- Las instituciones publicas citadas en el Articulo MORDAZA de la presente Resolucion Ejecutiva Regional designara y acreditara ante la Secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional de MORDAZA a sus representantes ( Un (01) Titular y Un (01) Alterno) en el termino de 05 dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo 5º.- El Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA ­ CDRPETIL, debera instalarse dentro de los 10 dias habiles de efectuado la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 6º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion, a las Instituciones integrantes del Comite Directivo Regional para la Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil de MORDAZA ­ CDRPETIL y a las instancias correspondientes, para sus efectos legales. Registrese, comuniquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente

Visto, el Oficio Nº 262-2008-GRL/31, de fecha 22 de MORDAZA del 2008, remitido por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo ­ Iquitos, referido a la constitucion de un Comite Directivo Regional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil en MORDAZA - CDRPETIL; y, CONSIDERANDO:

Que, el Articulo 4º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el Articulo 48º de la citada Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y micro empresa que ejercen los Gobiernos Regionales, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de trabajo, promocion del empleo y fomento de la pequena y micro empresa, con la politica general del Gobierno y los planes sectoriales; Que, asi mismo, el Articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades a formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, el Estado Peruano ha ratificado los Convenios Internacionales de Trabajo Nº 138, sobre la edad minima de admision al empleo y el Nº 182, sobre la prohibicion de las peores formas de trabajo infantil, que constituyen instrumentos internacionales que obligan al Estado a adoptar medidas urgentes, inmediatas y eficaces para la prevencion y eliminacion del Trabajo Infantil; Que, la Declaracion de la Organizacion Internacional del Trabajo ­ OIT, relativa a los principios y a los derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86º reunion, celebrada en 1988, establece el MORDAZA de abolicion efectiva del trabajo infantil; Que, en atencion al MORDAZA de abolicion efectiva del trabajo infantil el Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, constituye el Comite Directivo Nacional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, mediante Resolucion Suprema Nº 0182003-TR. Asimismo, se aprueba el Plan Nacional de Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-TR, en el cual se preve la Constitucion de Comites Directivos Regionales que trabajen en el proposito de erradicar el trabajo infantil; Que, el objetivo central del Comite Directivo Regional estara dedicado a realizar actividades de coordinacion, evaluacion y seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevencion y erradicacion progresiva del trabajo infantil en la region, asi como proponer politicas en el tema de trabajo infantil; Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa que las Direcciones Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas nacionales sectoriales y de las politicas regionales sectoriales en el ambito regional; Que, mediante el oficio del Visto de la presente Resolucion, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA, solicita la constitucion del Comite Directivo Regional de MORDAZA para Prevencion y Erradicacion del Trabajo Infantil; Estando a lo expuesto; con la visacion de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion; Gerencia Regional de Desarrollo Social; Gerencia General Regional; y,

230849-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican Ordenanzas de Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA N° 1156
EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA;

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