TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de julio de 2008 377058 Artículo 6º- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y remitir copias de los actuados y sus informes a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro del plazo de 10 días, así como su publicación en el SEACE. Regístrese, comuníquese y cúmplaseMARCO AURELIO LA TORRE SÁNCHEZ Alcalde Provincial 231342-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL SANTA CATALINA DE MOSSA Exoneran de proceso de selección la actividad delegada por encargo del Gobierno Regional Piura, consistente en alquiler de maquinaria pesada para la recuperación de transitabilidad en trochas carrozables ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2008-MDSCM/P Paltashaco, 10 de junio del 2008VISTO.En Sesión de Concejo Extraordinaria, del día 10 de junio del 2008, el Informe Técnico Nº 001-2008-MDSCM/OST, y el Informe Legal Nº 020-2008-E.J.J.J.V.P., que constituye requisitos obligatorios para la APROBACIÓN DE EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN. CONSIDERANDOQue, la situación de emergencia contemplada en el artículo veintidós de la Ley y el artículo ciento cuarenta y dos del Reglamento la defi nen como Aquella situación en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, en estos casos la entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM, Artículo primero Declara el Estado de Emergencia por desastre natural a los Departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, otorgando un plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2008-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia en los Departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, por el plazo de sesenta (60) días calendario a partir del 29 de abril de 2008. Que, el Informe Técnico Nº 001-2008-ING.- CAMQ/ MDSCM/OST, presentado por la Ofi cina de Servicios Técnicos de fecha 3 de junio de 2008, determina que actualmente las carreteras que conecta a los caseríos Bocanegra - Casablanca, Piedra del toro - Casablanca, Faical - Algodonal, Paltashaco - Carrasquillo, Chirimoyos - Mossa, existen tramos críticos ocasionados por derrumbes de laderas, cunetas de tierra colapsadas, cangrejeras, desbordamiento hasta la mitad de la calzada, muros secos y badenes destruidos, generando por las escorrentías pluviales provocadas por las lluvias intensas, percibidas en la zona, ocasionando el socavamiento, deslizamiento y destrucción en estructuras de drenaje y tramos de acceso. Que como consecuencia de lo descrito el texto del considerando precedente, se elaboró y se presentó las fi chas de actividades ante el Gobierno Regional de Piura, impulsados por el Señor Alcalde, suscribiéndose el CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Nº 034-2008-GOB.REG.PIURA.GGR, cuyo objeto es establecer las coordinaciones técnicas, administrativas y legales, Delegando al Gobierno Local, La Ejecución por Encargo de La Actividad siguiente: Alquiler de maquinaria pesada, para la recuperación de la transitabilidad en trocha carrozable Bocanegra - Casablanca, Piedra del toro - Casablanca, Faical - Algodonal, Paltashaco - Carrasquillo, Chirimoyos - Mossa”, por interrupción de vías de tránsito, afectadas por las lluvias intensas ocurridas al inicio del mes de enero, incrementándose a partir del 17 de febrero del 2008. EL MONTO MATERIA DEL CONVENIO ASCIENDE A S/. 321,442.02 Que, el Informe Legal Nº 020-2008-E.J.J.V.P., presentado por El Asesor Legal Externo, el mismo que determina la normatividad que se aplica en una Declaración de Estado de Emergencia, sustentado en función a una Exoneración por la situación pre indicada. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en su artículo 10 establece la Exoneración de Procesos de Selección; en coordinación con los Artículos 20, 22, 142, 146, 147, 148, del mismo cuerpo de leyes que son materia del mismo proceso. Que, de las obligaciones asumidas por esta Municipalidad de manera exclusiva es la ejecución técnica y fi nanciera de la actividad debiendo efectuar en los plazos límites establecidos y/o previstos, para su cumplimiento responsabilizándose en efectuar los actos administrativos tendientes al cabal cumplimiento de las metas programadas. Que, estando a lo estipulado en el texto de los Artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en lo pertinente a las funciones de Gobierno Local, referidas a asuntos específi cos de interés público. Que, de lo expuesto en los Informes Técnico-Legal se concluye que es PROCEDENTE que el Concejo en Pleno determine LA EXONERACIÓN DE LA APROBACION DEL PROCESO DE SELECCION. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. Artículos 9°, 41° y con el voto unánime del Pleno del Concejo. ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN, DE LA ACTIVIDAD DELEGADA POR ENCARGO DEL GOBIERNO REGIONAL - PIURA: ALQUILER DE MAQUINARIA PESADA, PARA LA RECUPERACIÓN DE LA TRANSITABILIDAD EN TROCHA CARROZABLE BOCANEGRA - CASABLANCA, PIEDRA DEL TORO - CASABLANCA, FAICAL - ALGODONAL, PALTASHACO - CARRASQUILLO, CHIRIMOYOS - MOSSA” Por un MONTO DE S/. 321,442.02Artículo Segundo.- ENCARGAR A LA OFICINA DE SERVICIOS TECNICOS PARA QUE EJECUTE LO DISPUESTO EN EL TEXTO DEL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 142° Y ARTÍCULO 147° DEL REGLAMENTO, Y ASÍ MISMO DISPONGA EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO, PARA LA INMEDIATA RECUPERACIÓN DE TRANSITABILIDAD DE LAS TROCHAS CARROZABLES UBICADAS EN LOS SECTORES: BOCANEGRA - CASABLANCA, PIEDRA DEL TORO - CASABLANCA, FAICAL - ALGODONAL, PALTASHACO - CARRASQUILLO, CHIRIMOYOS - MOSSA. Artículo Tercero.- ENCARGAR AL AREA DE ABASTECIMIENTOS LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE EXONERACIÓN. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO LOPEZ CRUZ Alcalde 231827-1Descargado desde www.elperuano.com.pe