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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2008 (27/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de julio de 2008 377056 Pública Nº 003-2008-MPC “Adquisición de Productos Alimenticios Nacionales para el Programa del Vaso de Leche” con fecha 22 de mayo de 2008 se volvió a convocar el Proceso de Selección; Que, con Ofi cio Nº 236-2008/DOP, el Director de Operaciones hizo llegar el Pronunciamiento Nº 229-2008/DOP, respecto a las Observaciones a las Bases de la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC, convocada para la “Adquisición de productos alimenticios nacionales para el Programa del Vaso de Leche”, detallándose cada una de las conclusiones, las cuales correspondían ser acogidas estrictamente por el Comité Especial, aún cuando ello implique que dicho órgano acuerde bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o prórroga de las etapas del mismo, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, con fecha 4 de julio de 2008, el Comité Especial procedió a integrar las Bases Administrativas de la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC, llevándose a cabo la Presentación de Propuestas, la Evaluación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro con fecha 11 de julio de 2008; empero, con Ofi cio Nº 736-2008/DOP/STEC, el Director de Operaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE refi ere que se ha constatado el fl agrante incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, por cuanto se ha continuado con el proceso de selección pese a que la integración de las Bases no se sujeta a lo dispuesto por el CONSUCODE en el Pronunciamiento Nº 229-2008/DOP, por lo que corresponde que se Declare la nulidad del proceso de selección, desde la etapa donde se ha confi gurado el vicio, esto es declarar la nulidad de la integración de las Bases y los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, a fi n de que se retrotraiga el proceso para una correcta integración de Bases; asimismo, el Director de Operaciones del CONSUCODE que para proceder a una correcta integración deberá suprimirse la presentación de muestras, conforme a lo dispuesto en la Observación Nº 04 del Pronunciamiento; asimismo, deberá remitirse la documentación de la reformulación del expediente técnico, en la que se dé cuenta del cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3.3. concordado con el 3.10 del Pronunciamiento, así como deberá cumplirse con implementar estrictamente lo dispuesto en la Observación Nº 06 y los numerales 3.2, 3.4, 3.7.1, 3.7.2, 3.8, 3.9.1, 3.9.2 (segunda viñeta), 3.11, 3.12 (literal c) y 3.13 del Pronunciamiento; Que, en tal razón y atendiendo a lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 57° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que establece: el titular de la Entidad podrá declarar de ofi cio la nulidad del proceso de selección cuando los actos administrativos contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, sólo antes de la fi rma del contrato; se ha emitido la Resolución de Alcaldía Nº 310-2008-MPC, a través de la que se resuelve: Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Integración de Bases y los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC convocada para la “Adquisición de productos alimenticios nacionales para el Programa del Vaso de Leche”; retrotrayéndose el Proceso de Selección hasta la Etapa de Integración de Bases Administrativas. Disponiéndose en el artículo segundo que el Comité Especial integre las Bases Administrativas de la Licitación Pública Nº 003-2008-MPC, cumpliendo en forma irrestricta y bajo responsabilidad con las disposiciones contenidas en el Pronunciamiento Nº 229-2008/DOP; debiendo para tal efecto remitirse previamente la documentación de la reformulación del expediente técnico, en la que se de cuenta del cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3.3. concordado con el 3.10 del Pronunciamiento; así como la implementación de las precisiones contenidas en el Ofi cio Nº 736-2008/DOP/STEC; instando a los miembros del Comité a actuar con mayor diligencia y responsabilidad; Que, estando a la nulidad determinada, con Informe Nº 182-2008-PVL-MPC, emitido por el Coordinador del Programa del Vaso de Leche, la Subgerente de los Programas Asistenciales, Lic. Silvia Castillo Trigoso con Informe Nº 291-2008-SGPA-GDS-MPC, hace saber que ante los inconvenientes suscitados en el Proceso Licitación Pública Nº 003-2008-MPC, específi camente la nulidad del mismo en cumplimiento de lo dispuesto en el Ofi cio Nº 736-2008/DOP/STC, se precisa adoptar acciones con la fi nalidad de proceder a la exoneración de la adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche, consistentes en: - Soya, quinua, quiwicha. Avena y azúcar fortifi cada con vitaminas y minerales 152,880 Kg. por un equivalente de S/. 756,756. - Pan Fortifi cado 872,100 Unidades por un equivalente de S/. 130,815 - Leche fresca entera cruda 223,725.00 litros por un equivalente de S/. 243,860.25. Conforme lo evidencia el Gerente de Desarrollo Social, con Informe Nº 394-2008-GDS-MPC, los hechos descritos han ocasionado el desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche; precisándose que retomar el proceso de compras de productos no garantizarían un abastecimiento oportuno de productos a los benefi ciarios; detallándose que resulta preocupante incurrir en faltas y/o retrazo que ocasionen a nuestra institución algún perjuicio, así como que se brinde una atención oportuna a los benefi ciarios; Que, con Informe Técnico, signado en la referencia 4, la Unidad de Logística de la Ofi cina General de Administración a través del Abogado del área, luego del análisis respectivo concluye porque se declare la Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente a fi n de que no se siga afectando a los benefi ciarios del programa del Vaso de Leche. El Programa del Vaso de Leche (VdL) es un programa social creado mediante Ley Nº 24059, para proveer apoyo en la alimentación a través de la entrega de una ración diaria de alimentos a una población considerada vulnerable, con el propósito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en la que se encuentra. Que, de acuerdo al marco legal del programa, los principales benefi ciarios son los niños menores de 6 años, las mujeres embarazadas y las madres lactantes; aunque de existir recursos disponibles después de haber atendido la totalidad de benefi ciarios principales, el programa puede atender a niños entre 7 y 13 años, adultos mayores y enfermos de tuberculosis. Es preciso considerar que los objetivos del Programa desde su creación comprenden: - Contribuir a mejorar el nivel nutricional y la calidad de vida. - Reducir la mortalidad infantil.- Suministrar diariamente una ración complementaria a los niños, a las madres gestantes y lactantes. - Fomentar la lactancia materna.- Estimular el desarrollo de formas de organización comunal en especial de la población femenina que permitan acciones conducentes a elevar el nivel de vida y conciencia. - Promoción educativa en salud y nutrición con énfasis en la preservación de la diarrea. - Fomento de la demanda de servicios de salud que se prestan a la comunidad. - Búsqueda de alternativas de solución al problema alimentario. Que, tomando en cuenta que en la actualidad se ha reafi rmado, el objetivo principal del Vaso de leche es la Seguridad Alimentaria, entendida como “el acceso de todos, todo el tiempo, a sufi ciente alimentos para tener una vida activa y saludable”, las acciones de este programa, realizadas con la fuerte participación de la comunidad, tendrían como fi n último elevar su nivel Descargado desde www.elperuano.com.pe