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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de julio de 2008 377235 irregularmente y ordena que la referida Comisión proceda a califi car la solicitud de la demandante y expida resolución debidamente motivada que dé respuesta a la misma e improcedente en los extremos referidos a su inscripción en el registro de trabajadores cesados irregularmente y la publicación de su nombre en el Diario Ofi cial El Peruano; Que la resolución a que se refi ere el considerando anterior, es materia de apelación por la abogada Tania Gabriela Barreno Quiroz, representante legal del Procurador Público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y por la demandante, Emilia Sánchez Rodas; Que mediante resolución Nº 15 del 11 de setiembre de 2006, la Segunda Sala Civil de Lambayeque, revoca la resolución Nº 9 del 7 de abril de 2006, en cuanto declara improcedente el extremo referido a la inscripción de la demandante en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente y la publicación del nombre de la actora en el Diario Ofi cial El Peruano y reformándola declara fundada tal extremo y dispone la inscripción de la actora en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente y la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de dicha inscripción; Que doña Tania Gabriela Barreno Quiroz, apoderada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, interpone recurso de casación contra la resolución Nº 15 del 11 de setiembre de 2006, en mérito de haberse aplicado indebidamente la norma de derecho material a favor de la demandante ya que se ordena al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la inscripción de la actora en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que mediante resolución Nº 17 del 3 de octubre de 2006, la Segunda Sala Civil de Lambayeque concede el recurso de casación interpuesto por el representante del Procurador Público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, contra la resolución Nº 15 del 11 de setiembre de 2006; Que mediante Casación Nº 3458-2006 LAMBAYEQUE del 15 de junio de 2007, la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia declara improcedente el recurso de casación interpuesto por la Procuraduría Pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, contra la resolución Nº 15 del 11 de setiembre de 2006, en los seguidos por doña Emilia Sánchez Rodas, sobre acción contenciosa – administrativa, en mérito a que la impugnante no indica en forma clara ni precisa qué norma se ha aplicado en forma indebida y cuál es la norma que debería aplicarse al presente hecho; y que el recurso materia de revisión se encuentra estructurado como si se tratase de un recurso de apelación, no siendo posible su revisión en sede casatoria; Que estando toda persona y autoridad obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala, según lo dispone el artículo 4°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento a dicho mandato judicial; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 25° de la Ley Nº 29185, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la inclusión de doña EMILIA SÁNCHEZ RODAS, en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente. Artículo 2°.- Poner la presente resolución en conocimiento de la persona referida en el artículo anterior, del Cuarto Juzgado Civil de Chiclayo, y del coordinador de la aplicación de la Ley N° 27803, para los fi nes pertinentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 232120-1 Modifican la Disposición Transitoria Única de la R.M. Nº 192-2008-TR, que aprobó modificación de diversos procedimientos administrativos vinculados al registro de contratos y convenios de modalidades formativas laborales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2008-TR Lima, 30 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 192-2008- TR, artículo 1º, se aprobó la modifi cación de diversos procedimientos administrativos vinculados al registro de contratos y convenios de modalidades formativas laborales; Que resulta necesario precisar el ámbito de aplicación de las modifi caciones mencionadas en el considerando anterior, a fi n de brindar una adecuada orientación al público usuario; Con la visación del Secretario General y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, los artículos 36º inciso 36.3 y 38º incisos 38.5, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 12º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; el artículo 23º, numeral 23.1 literal a) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifi car la Disposición Transitoria Única de la Resolución Ministerial Nº 192-2008-TR en los siguientes términos: “Única.- Las modifi caciones aprobadas en el artículo 1º de la presente resolución regirán a partir del 1º de agosto de 2008 solamente en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao. En el resto del país las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo continuarán aplicando el procedimiento anterior hasta que implementen el sistema de registro vía web, conforme a sus necesidades y capacidades tecnológicas.” Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 232123-1 Designan delegados titular y suplente de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social - Ley Nº 10674 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2008-TR Lima, 30 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe