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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2008 (31/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de julio de 2008 377244 CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la realización de un Examen Especial en la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, cuyo objetivo fue evaluar si la ejecución de las obras públicas realizadas bajo las distintas modalidades contratadas, se efectuaron en concordancia con la normativa aplicable; Que, como consecuencia de la acción de control se ha evidenciado que funcionarios de la entidad aprobaron el Expediente Técnico correspondiente a la Obra “Construcción del Puente - Mirador de la Integración Chosica Central - Margen Izquierda - Estela Montti”, el cual presentaba irregularidades en la planilla de metrados, otorgando asimismo, conformidad al Adicional Nº 01, sin verifi car la consistencia del análisis de precios unitarios que incluía materiales que no fueron considerados, generando desembolsos en exceso, acciones que han ocasionado perjuicio económico a la Municipalidad por el importe de S/. 31 111,26, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1321º del Código Civil; Que, asimismo se ha determinado que durante la ejecución de la mencionada obra, funcionarios responsables de la misma permitieron que el contratista efectúe modifi caciones al proyecto original, distorsionando las especifi caciones previstas en el Expediente Técnico, otorgando conformidad a las valorizaciones, situación que no fue advertida en la recepción de la obra, permitiendo que se efectúen pagos en exceso que causaron perjuicio económico de la Municipalidad por el importe de S/. 31 838,53, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 232508-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 306-2008-CG Lima, 25 de julio de 2008 VISTO; el Informe Especial N° 155-2008-CG/ OEA, resultante del Examen Especial a la Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. – EGECEN”, período del 01.ENE.2004 – 31.DIC.2006; incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso realizar una acción de control a la obra: “Suministro, obras civiles, montaje electromecánico, pruebas y puesta en servicio de la línea de transmisión en 220 kv, Yuncán – Nueva Carhuamayo”, a fi n de determinar si los recursos destinados a dicha obra fueron administrados con efi ciencia, efi cacia, transparencia y economía, así como establecer el grado de cumplimiento de las normas legales, lineamientos de política institucional y planes de acción; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que la empresa suscribió la Addenda Nº 02 al Contrato ALEG-C-152-2004 para la ejecución de la mencionada obra, a través de la cual se acordó ampliar el plazo de ejecución de los trabajos de montaje, tendido de cables y revisión fi nal en 102 días calendario, de los cuales 13 días no cuentan con sustento, ni justifi cación técnica; situación que ha generado un perjuicio económico a EGECEN de US $ 105 145,10 correspondiente a la no imposición de la penalidad establecida en el Contrato por incumplimiento del plazo contractual, el cual requiere ser resarcido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1321° del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo, por tanto, autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 232508-2 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio del Instituto Nacional de Cultura RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 307-2008-CG Lima, 25 de julio de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 156-2008–CG/MAC, resultante de la Auditoría de Gestión practicada al Descargado desde www.elperuano.com.pe