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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2008 (31/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de julio de 2008 377239 técnicos Pedro Castillo Pastor, Gonzalo Cateriano Muñiz y Dagoberto Velarde Cuadros, durante los días 21 y 22 de agosto de 2008; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación N° 0009557 y 0009558 la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1524-2008-MTC/12.04 designando al Inspector Gino Humberto Defi lippi Brigneti, para efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo AN -26 en el Centro de Entrenamiento de Ucrania, a los tripulantes técnicos Pedro Castillo Pastor, Gonzalo Cateriano Muñiz y Dagoberto Velarde Cuadros, durante los días 18 al 23 de agosto de 2008; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley N° 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección N° 1524-2008-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley N° 29142, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Gino Humberto Defi lippi Brigneti, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Kiev, Ucrania del 18 al 23 de agosto de 2008, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución.. Artículo 2°.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. A TSA a través de los Recibos de Acotación detallados en la parte considerativa de la presente Resolución, incluyéndose las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 040.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 047 -2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 232538-4VIVIENDA Aprueban transferencia financiera del Programa Agua Para Todos a favor del Gobierno Regional Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 377-2008-VIVIENDA Lima, 30 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 23 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Huancavelica y la empresa Servicio Municipal de Saneamiento Lircay, (en adelante el Convenio Especifi co) con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con código SNIP Nº 9928; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 320-2007- VIVIENDA de fecha 20 de Julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera por la suma de Un Millón Doscientos Setenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.1 275 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Huancavelica, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código SNIP Nº 9928, comprendido en el Convenio Específi co; Que, mediante Informe Técnico Nº 347-2008/ VIVIENDA/ VMCS/ PAPT-DE de fecha 16 de julio de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de el Gobierno Regional Huancavelica, hasta por la suma de Un Millón Ochocientos Veintidós Mil Trescientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Descargado desde www.elperuano.com.pe