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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (20/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de junio de 2008 374374 DEFENSA Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en reunión del Grupo de Trabajo encargado de estudiar posibles objetivos, competencias y modalidades de funcionamiento del Consejo de Defensa Sudamericano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2008-DE/SG Lima, 19 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, en la última reunión extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Sudamericanas - UNASUR, realizada en Brasilia el 23 de mayo de 2008, el Presidente de la República Federativa de Brasil, propuso establecer un Consejo de Defensa Sudamericano; Que, la República Federativa de Brasil, el pasado 28 de mayo, ha solicitado a la Presidencia Pro Témpore de UNASUR, que se convoque a una reunión del Grupo de Trabajo, encargado de estudiar los posibles objetivos, competencias, composición y modalidades de funcionamiento de este eventual Consejo, en la República de Chile, los días 23 y 24 de junio del presente año; Que, el mencionado Grupo de Trabajo estará conformado por representantes de los Ministerios de Defensa y Relaciones Exteriores de los miembros de la UNASUR; Que, resulta necesario para los intereses nacionales e institucionales autorizar el viaje de un funcionario para que asista a la mencionada reunión como representante del Ministerio de Defensa; Que, este viaje no se encuentra comprendido en el Plan Anual de Viajes, por haberse originado en forma repentina y no planeada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio al exterior del Embajador José Antonio Bellina Acevedo a la República de Chile, del 22 al 25 de junio de 2008, para que participe en la reunión del Grupo de Trabajo encargado de estudiar los posibles objetivos, competencias, composición y modalidades de funcionamiento del Consejo de Defensa Sudamericano. Artículo 2º.- GastosEl Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Santiago-Lima) US$ 900.00 Viáticos US$ 200.00 x 04 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Presentación de Informe El citado funcionario deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002.Artículo 4º.- Derecho de ExoneraciónLa presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominación. Artículo 5º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 215922-5 Aprueban modificación del TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado por D.S. Nº 016-2005-DE/MGP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 516-2008 DE/MGP Lima, 29 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo N° 016-2005-DE/MGP de fecha 20 de junio de 2005, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, TUPAM-15001, edición 2005; Que, el numeral 36.3 del Artículo 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que, asimismo, el numeral 38.5 del Artículo 38° de la acotada Ley dispone que, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos administrativos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban los Lineamientos para elaboración del TUPA, estableciendo en el numeral 7) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria que, “(...) sólo se podrán aprobar las modifi caciones a que se refi eren el Artículo 36° numeral 3) y artículo 38° numeral 5) de la Ley N° 27444”; Que, la Marina de Guerra, siguiendo la política del Supremo Gobierno, ha propuesto la eliminación de procedimientos administrativos; la reducción de derechos de pago, simplifi cación, califi cación y fusión de otros, establecidos en su TUPAM- 15001, edición 2005; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar vía Resolución Ministerial las modifi caciones propuestas, las mismas que en Anexos “A”, “B”, “C” y “D”, forman parte integrante de la presente Resolución; De conformidad con las Leyes N°s 27444, 29060 y 29091; los Decretos Supremos N°s 079-2007-PCM y 004-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la modifi cación del TUPA de la Marina de Guerra del Perú aprobado por Decreto Supremo N° 016-2005-DE/MGP, de conformidad con los Anexos “A”, “B”, “C” y ‘D”, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar los Anexos referidos en el artículo 1º, en el portal electrónico de la Marina de Guerra (www.marina.mil.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano,gob.pe), en la Descargado desde www.elperuano.com.pe