Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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RELACIONES EXTERIORES

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Confirman resoluciones expedidas por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 009-2008/MTPE/2/11.1 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2008 VISTO: El recurso de revision de fecha 04 de MORDAZA de 2008, con registro Nº 100469, interpuesto por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., contra la Resolucion Directoral Nº 035-2008-MTPE/2/12.1, de fecha 17 de marzo de 2008, expedida por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los articulos 207º y 210º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, regulan el recurso de revision como medio impugnativo excepcional que se interpone ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional; siendo la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo instancia nacional, en los procedimientos administrativos relacionados con el Sector Trabajo, conforme lo precisa el articulo 21º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo, precisando el Decreto Supremo Nº 001-93-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-TR y Decreto Supremo Nº 001-2008-TR, como uno de los procedimientos administrativos con instancia de revision en el Sector Trabajo, el de suspension Temporal MORDAZA de Labores; SEGUNDO; Que, la Direccion de Prevencion y Solucion de Conflictos de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao, ha expedido la Resolucion Directoral Nº 045-2008-MTPE/2/12.2, de fecha 07 de febrero de 2008, obrante a fojas 73 y 74 de autos, mediante la cual ordena a la empresa recurrente, la inmediata reanudacion de labores y el pago de las remuneraciones dejadas de percibir durante el periodo de suspension, asi como adoptar las medidas del caso a fin de no agravar la situacion laboral, todo ello a favor de los doce (12) trabajadores afectados; TERCERO; Que, contra la Resolucion referida en el considerando anterior, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. interpuso recurso administrativo de apelacion, que corre de fojas 104 a 108 de autos, siendo resuelto por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao, expidiendose la Resolucion Directoral Nº 035-2008-MTPE/2/12.1, de fecha 17 de marzo de 2008, corriente de fojas 177 a 180 de autos, mediante la cual confirma la Resolucion Directoral Nº 0452008-MTPE/2/12.2; CUARTO; Que, mediante escrito de fecha 04 de MORDAZA de 2008, obrante de fojas 205 a 215 de autos, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. interpone recurso de revision contra la Resolucion Directoral Nº 035-2008-MTPE/2/12.1, senalando, entre otros argumentos, que la Autoridad Administrativa de Trabajo viene aplicando los dispositivos de manera erronea para el caso en concreto, toda vez que, para el cumplimiento de requisitos legales en la suspension temporal MORDAZA de labores invoca el articulo 15° del Decreto Supremo N° 00397-TR; asimismo, senala la empresa que la suspension de actividades como consecuencia de lo ordenado en la Resolucion Ministerial N° 374-2007-PRODUCE, de fecha 12 de diciembre de 2007, no configura un hecho susceptible de ser incluido en el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, debido a que en el Sector Pesqueria los periodos de pesca asignados por el Ministerio de la Produccion, obedecen a cuotas de captura absolutamente predecibles y determinadas con anterioridad al inicio de cada periodo de pesca, con la finalidad de evitar una depredacion de los recursos hidrobiologicos MORDAZA

Cesan en el cargo por fallecimiento a Traductora Publica Juramentada
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0110-RE MORDAZA, 29 de enero de 2008

Visto el Memorandum (JTP) N° JTP0003/2008, de 16 de enero de 2008, del Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, mediante el cual recomienda el cese en el cargo, por fallecimiento, de la Traductora Publica Juramentada MORDAZA Lagalice de Arriz; CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 089093-RE, de 03 de diciembre de 1993, se designo, entre otros, como Traductora Publica Juramentada para la combinacion de idiomas frances-castellano y castellanofrances, a MORDAZA Lagalice de Arriz, siendo ratificada en el cargo por la Resolucion Ministerial N° 231-99-RE, de 19 de febrero de 1999, y por la Resolucion Ministerial N° 0752-RE, de 04 de MORDAZA de 2007; Que, mediante el Acta de Defuncion, de 21 de noviembre de 2007, expedida por la RENIEC, se certifica que el fallecimiento de la citada Traductora Publica Juramentada, se produjo el 20 de noviembre de 2007; Que, si bien el articulo 50° del Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, aprobado por el Decreto Supremo N° 126-2003-RE, no preve el fallecimiento como causal de cese de funciones, la autoridad administrativa no podra dejar de resolver las cuestiones que se les proponga, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos, acudiran a los principios del procedimiento administrativo previstos en la Ley, o en su defecto a otras MORDAZA supletorias del derecho administrativo, y solo subsidiariamente a estas, a las normas de otros ordenamientos que MORDAZA compatibles con su naturaleza y finalidad, tal como lo establece el articulo VIII numeral 1. de las Disposiciones Transitorias del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante la Ley N° 27444; Teniendo en cuenta el Memorandum (JTP) N° JTP0003, de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados, de 16 de enero de 2008; De conformidad con los articulos 21° y 36° del Reglamento de Traductores Publicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo N° 126-2003-RE; el Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Ley Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; los articulos 17º y VIII numeral 1. de las Disposiciones Transitorias del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante la Ley Nº 27444; el articulo 34º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; y el articulo 182º inciso a) del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo unico.- MORDAZA en el cargo, por fallecimiento, a la Traductora Publica Juramentada para la combinacion de idiomas frances-castellano y castellano- MORDAZA, MORDAZA Lagalice de Arriz, con efectividad al 21 de noviembre de 2007, dia inmediato posterior a la fecha en que se produjo su deceso, y de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 215549-1

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