Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de adecuacion de concesion al regimen de concesion unica presentada por la empresa QUICK CONECTION S.A.C. mediante escrito P/D Nº 012713, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 215060-1

Declaran resueltos contratos de concesion suscritos con personas juridica y natural para la prestacion del servicio de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 472-2008 MTC/03 MORDAZA, 16 de junio de 2008 VISTOS, el expediente de concesion de la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C. y la solicitud presentada con Escrito de Registro P/D Nº 034167, para la adecuacion al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 020-2002MTC/15.03, de fecha 9 de enero de 2002, se otorgo concesion a la CORPORACION ABANCAINA DE COMUNICACIONES E.I.R.L., por el plazo de veinte (20) anos, para la prestacion del servicio de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, en el area que comprende el distrito de Abancay, de la provincia de Abancay, del departamento de MORDAZA, suscribiendose el contrato de concesion el 5 de MORDAZA de 2002; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 187-2003-MTC/03, de fecha 22 de MORDAZA de 2003, se aprobo la transferencia de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 020-2002-MTC/15.03 a la CORPORACION ABANCAINA DE COMUNICACIONES E.I.R.L., a favor de la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C.; suscribiendose la addenda correspondiente el 22 de agosto de 2003; Que, conforme a lo senalado en la Hoja Informativa Nº 00260-2008-MTC/27, del 21 de MORDAZA de 2008, la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C. efectuo pagos a cuenta de la tasa de los anos 2003 y 2004, regularizando el pago de la tasa de 2003 con fecha 31 de MORDAZA de 2006 y la tasa de 2004 el 26 de agosto de 2005, a su vez, pago la tasa del ano 2005 el 31 de MORDAZA de 2006, realizo el pago conforme de la tasa del ano 2006 y realizo pago a cuenta de la tasa del ano 2007, encontrandose pendiente de liquidacion final; Que, el articulo 230º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los concesionarios tienen la obligacion de efectuar pagos mensuales a cuenta de la tasa anual, la cual sera liquidada en MORDAZA del ano siguiente, debiendo ser abonada la cuota de regularizacion correspondiente. En ese sentido, en tanto el pago de la tasa anual puede ser regularizado hasta MORDAZA del ano siguiente, el incumplimiento de la obligacion se configura desde el dia siguiente, esto es desde el 1 de mayo; Que, el numeral 5) del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el contrato de concesion se resuelve por "incumplimiento del pago de la tasa durante dos (2) anos calendario consecutivos, salvo que cuente con fraccionamiento vigente o se MORDAZA dejado en suspenso la exigibilidad de las obligaciones conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal"; asimismo, se indica que dicha causal opera de pleno derecho, sin perjuicio de su formalizacion mediante la resolucion correspondiente;

Que, el literal a) del numeral 18.01 de la clausula Decimo Octava del contrato de concesion de titularidad de la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C. establece que este quedara resuelto cuando la concesionaria incurra en alguna de las causales de resolucion previstas en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, de acuerdo a lo senalado, el incumplimiento del pago de la tasa anual correspondiente al ano 2003 se configuro el 1 de MORDAZA de 2004, y el incumplimiento del pago de la tasa anual del ano 2004 se configuro el 1 de MORDAZA de 2005, fecha en la que se configuro la causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0202002-MTC/03, por el incumplimiento del pago de la tasa anual por dos (2) anos calendario consecutivos; en tanto que la empresa recien efectuo el pago total de la tasa correspondiente a los anos 2003 y 2004, el 31 de MORDAZA de 2006 y el 26 de agosto de 2005, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 509-2008-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones concluye que la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C. ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 020-2002-MTC/15.03, que fuera transferido a su favor por Resolucion Viceministerial Nº 187-2003MTC/03, por el incumplimiento del pago de la tasa anual durante dos (2) anos calendario consecutivos; y, que corresponde declarar improcedente la solicitud de adecuacion al regimen de concesion unica, presentada mediante Escrito de Registro P/D Nº 034167, con fecha 1 de MORDAZA de 2008, en razon que el contrato quedo resuelto de pleno derecho el 1 de MORDAZA de 2005, esto es con anterioridad a la fecha de MORDAZA de la solicitud; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho el contrato de concesion de titularidad de la empresa ECONOCABLE PERU S.A.C., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable y, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 020-2002-MTC/15.03; asimismo, declarar improcedente la solicitud presentada con registro P/ D Nº 034167, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 215112-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 473-2008 MTC/03 MORDAZA, 16 de junio de 2008 VISTOS, el expediente de concesion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la solicitud de resolucion contractual presentada con Escrito de Registro Nº 2007-031373; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 1074-2003-MTC/03, de fecha 11 de diciembre de 2003, se otorgo concesion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de veinte (20) anos, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de MORDAZA de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; suscribiendose el contrato respectivo el 20 de febrero de 2004;

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