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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (20/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de junio de 2008 374424 Estado, encargando dicho cumplimiento a las áreas competentes para ello. Regístrese, comuníquese y cúmplase.E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 214836-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2009 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 249-2008-MDSR Santa Rosa, 13 de junio del 2008El CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA ROSA VISTO: en sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el informe Nº 053-2008-MDSR/G.M., de la Gerencia Municipal, de fecha 13 de junio del 2008 y el Informe Nº 050-2008-MDSR/G.P.P., de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 13 de junio del 2008, mediante los cuales se solicita la Aprobación del Proyecto de Ordenanza del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680 - “Ley de Reforma Constitucional”, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, establecen que: las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; así mismo, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 - “Ley de Bases de la Descentralización”, en su Art. 17º, inciso.1), dispone que “los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública”; Que, mediante la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su Art. 53º establece que “las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción”; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, dispone “que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos”; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28056 - “Ley Marco del Presupuesto Participativo”, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se defi nen y establecen disposiciones, alcances y objetivos del Proceso Participativo que garanticen la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación del Presupuesto Participativo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2009”, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que “los Consejos de Coordinación Local Distrital, son órganos de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, estableciéndose en el Artículo 104º las funciones de coordinación y participación en la Programación del Presupuesto Participativo y la Planifi cación del Desarrollo Concertado, rigiéndose por Reglamento aprobado por Ordenanza Municipal según lo establece el Artículo 105º de la misma Ley; Que, el Artículo 9º inciso 14) de la Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece “que el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva Participación vecinal” Que, en este contexto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, estableciendo el cronograma mínimo para el desarrollo de las acciones del proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año 2009; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2008- MDSR, de fecha 11 de junio del 2008, se aprobó el Plan de Desarrollo Concertado 2008-20017, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 058-2008- MDSR, de fecha 13 de junio del 2008, se aprobó el Plan de Desarrollo Institucional 2008-2009, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; Estando al voto aprobatorio por MAYORIA de los señores Regidores, con la dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta, el Concejo Municipal en el ejercicio de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y en los Artículos 9º numerales 8) y 14), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, aprobó la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, el cual consta de doce (12) Artículos, cinco (05) Disposiciones Transitorias y Finales y el Anexo I, que contiene el Cronograma, los que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones o normas anteriores que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 215295-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran cumplida en parte obras de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 267-2008-MDSMP San Martín de Porres, 23 de abril de 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 53267-2002 de fecha 2 de diciembre del 2002 y sus acumulados, promovidos por Victoriano Teófi lo Ramos Camones, en calidad de Presidente de la Asociación de Vivienda Buenavista II Etapa, solicitando la recepción de obras de Tipo Progresivo de Habilitación Urbana del terreno de 12,113.60 m 2; constituido por los Lotes Nº 9 y 10, Mz. C, de la Urbanización Pre Urbana los Huertos del Naranjal; califi cado con zonifi cación de Uso Residencial Densidad Media R 4, de esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 251-2005- MML-DMDU ( 10.OCTUBRE.2005), la Municipalidad Descargado desde www.elperuano.com.pe