Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

Que, segun lo establece el inciso "f" del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM y sus modificatorias, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, en el ano 2003 la empresa MORDAZA Upaca S.A. presento una iniciativa privada para asumir los servicios de limpieza publica y mantenimiento de areas verdes brindados por la Municipalidad de San MORDAZA, de la cual se derivo el MORDAZA de Licitacion Publica Especial Nº 001-2005-CEPRI/MSI, resultando ganadora la citada empresa, suscribiendose el Contrato de Concesion para la Prestacion del Servicio Integral de Limpieza Publica, MORDAZA y Jardines; Que, luego de las evaluaciones pertinentes, se ha llegado a establecer que es necesario que la Municipalidad de San MORDAZA inicie determinadas acciones judiciales relacionadas con el MORDAZA de Licitacion MORDAZA mencionado; Que, en tal sentido, dada la evidente complejidad de la materia, es recomendable que la Municipalidad de San MORDAZA contrate los servicios de asesoria legal especializada, a efectos de iniciar las acciones judiciales arriba indicadas; Que, el ESTUDIO ECHECOPAR - ABOGADOS (Estudio MORDAZA Echecopar Garcia) es uno de los mas antiguos estudios de abogados del Peru, siendo uno de los estudios lideres en varias areas del Derecho, contando con abogados especializados de reconocida experiencia, graduados en las mas prestigiosas universidades, entre los cuales se encuentra el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro de la Comision que elaboro el Anteproyecto de la Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de la Comision Revisora, y miembro de la Comision que elaboro el Anteproyecto de la Ley del MORDAZA Contencioso Administrativo; Que, dicho Estudio esta dedicado a proveer servicios de consultoria, asesoria legal, negociacion a nivel nacional e internacional, contratacion en general y MORDAZA de procesos judiciales, arbitrales y administrativos a clientes nacionales y extranjeros en las diversas ramas del Derecho, contando con una reputacion forjada a lo largo de los anos de brindar servicios legales de la mejor calidad en una forma eficaz y eficiente con costos razonables y competitivos, contando con areas especializadas en Contrataciones con el Estado, Privatizaciones, Concesiones y Derecho Administrativo, entre otras; Que, el ESTUDIO ECHECOPAR - ABOGADOS ha desarrollado una importante practica en materia de Derecho Administrativo, brindando asesoria especializada a diversas entidades de la Administracion Publica, tanto en la revision, preparacion y redaccion de proyectos de normas legales, bases para licitaciones y concursos y otros documentos de este tipo; como en la interpretacion juridica de la normativa; y el analisis de la legalidad y el derecho en las peticiones, reclamaciones y recursos de los administrados; Que, asimismo, el ESTUDIO ECHECOPAR ABOGADOS ha participado activamente en diversos procesos de privatizaciones basados en la promocion de la inversion privada, asi como en el otorgamiento de concesiones para el desarrollo de actividades y servicios; asesorando a los comites encargados de la privatizacion asi como a postores y participantes en procesos de venta y concesiones; habiendo intervenido en diversos sectores, brindando los servicios de asesoria en las licitaciones y subastas, negociacion y redaccion de contratos de

compra venta y de concesion, conformacion de consorcios y vehiculos de inversion, contratos de estabilidad juridica, analisis del MORDAZA regulatorio de la actividad, realizacion de due diligence legal de las empresas, opiniones legales, etc.; Que, en tal sentido, dada su reconocida trayectoria e innegable prestigio, el ESTUDIO ECHECOPAR ABOGADOS resulta ser el indicado para asesorar y patrocinar a la Municipalidad de San MORDAZA en el MORDAZA judicial que se pretende iniciar contra la citada empresa; Que, de acuerdo con el inciso "c" del articulo 20 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el caso de los Gobiernos Locales, las exoneraciones de los procesos de seleccion son aprobadas por Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto y a lo senalado en los Informes Nº 0416-2008-0400-GAJ/MSI, 017-2008-1400-GOSM/ MSI y 099-2008-0800-GAF/MSI, los cuales forman parte del presente Acuerdo, de conformidad con las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, este Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar como servicios personalisimos la contratacion del ESTUDIO ECHECOPAR - ABOGADOS (Estudio MORDAZA Echecopar Garcia) para que preste a la Municipalidad de San MORDAZA los servicios de asesoria legal especializada en materia de Derecho Administrativo y Concesiones y MORDAZA en el MORDAZA judicial relacionado con la Licitacion Publica Especial Nº 001-2005-CEPRI/MSI que se pretende iniciar, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de los servicios personalisimos del ESTUDIO ECHECOPAR - ABOGADOS a que se refiere el articulo primero del presente Acuerdo, por un plazo necesario hasta la culminacion del MORDAZA judicial, cuyo valor referencial asciende a la suma de S/. 50,700.00 (CINCUENTA MIL SETECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) incluido impuestos y, adicionalmente, un Honorario de Exito ascendente a S/. 25,000.00 (VEINTICINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) incluido impuestos, siendo su fuente de financiamiento los Recursos Directamente Recaudados (2.09), de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO MORDAZA 1ra Instancia MORDAZA 2da Instancia MORDAZA Corte Suprema IMPORTE (en S/. ) 20,700.00 15,000.00 15,000.00 Sub Total 50,700.00 25,000.00 TOTAL 75,700.00

Honorario por Exito

Articulo Tercero.- Encarguese a la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales que lleve a cabo la contratacion de los servicios personalisimos del ESTUDIO ECHECOPAR - ABOGADOS, conforme a lo establecido en el articulo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General remita MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo y de los informes que sustentan esta exonera cion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, cumpliendo con lo senalado en el articulo 20 del Texto Unico ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, de acuerdo a lo establecido en el articulo 147 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

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