Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

Aprueban zonificacion del sector faltante de la MORDAZA Baja del Rio Lurin que forma parte del Area de Tratamiento Normativo IV de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA N° 1146 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de junio del 2008 el Dictamen N° 119-2008-MML-CMDUVN, de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ZONIFICACION DEL SECTOR FALTANTE DE LA MORDAZA BAJA DEL RIO LURIN QUE FORMA PARTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1°.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo (Plano N° 01 ­ Anexo N° 01) del sector faltante de la MORDAZA Baja del Rio Lurin que forma parte de Area de Tratamiento Normativo IV de MORDAZA Metropolitana. Este Plano de Zonificacion no define limites distritales, garantizando todos los derechos adquiridos en las areas materia de la presente Ordenanza y sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. Articulo 2º.- Normas de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar las Normas de Zonificacion de los Usos del Suelo de la MORDAZA Baja del Rio Lurin que forma parte del Area de Tratamiento Normativo IV de MORDAZA Metropolitana, las que se senalan en el Cuadro Nº 01 ­ Normas de Zonificacion de los Usos del Suelo (Anexo Nº 02) y sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. Este Cuadro sustituye al aprobado mediante la Ordenanza Nº 1117-MML publicada el 12 de enero del 2008. Articulo 3º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas Disponer que las Municipalidades Distritales involucradas elaboren el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas para el Area de Tratamiento Normativo IV ­ MORDAZA Baja del Rio Lurin, en concordancia con los lineamientos sobre usos del suelo establecidos en la Ordenanza Nº 310-MML publicada el 12 de marzo del 2001; estas propuestas seran presentadas al Instituto Metropolitano de Planificacion para compatibilizarlas y la propuesta final de Indice de Usos sera evaluada y aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Metropolitana. Articulo 4°.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales Establecer como MORDAZA General para la aplicacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el area materia de la presente Ordenanza, que el equipamiento MORDAZA existente y en funcionamiento de Centros de Educacion Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercios Locales, Postas Sanitaria, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel vecinal y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza.

Articulo 5º.- Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edificaciones Los aportes para Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios resultantes del MORDAZA de habilitacion MORDAZA de los predios, asi como los provenientes del MORDAZA de saneamiento fisico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la calificacion que se indique en el plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza, por ser usos compatibles, con los usos residencial y comercial. Articulo 6°.- MORDAZA de Reglamentacion Especial del Sector MORDAZA MORDAZA de Manchay Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial el sector ubicado en la parte baja de la quebrada de Manchay entre la quebrada Retamal y el area MORDAZA del MORDAZA de Lurin, senalado en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza, en el cual la Municipalidad de MORDAZA, en coordinacion con los propietarios, debera elaborar un estudio de planeamiento que ordene la futura ocupacion de estos territorios de manera integral, considerando aspectos relacionados con los usos del suelo, la vialidad, el equipamiento MORDAZA la factibilidad de servicios, la seguridad fisica y otros, en el MORDAZA de las orientaciones de ocupacion y uso de la Ordenanza Nº 310-MML, y formule una propuesta especifica, en un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario. Dicha propuesta, con la opinion del Instituto Metropolitano de Planificacion, sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion mediante Ordenanza Metropolitana. Articulo 7º.- Ocupacion de Laderas Establecer que la ocupacion y edificacion de terrenos localizados en pendientes pronunciadas (laderas de cerro), calificados con usos urbanos dentro del Plano de Zonificacion que se aprueba con la presente Ordenanza, debera contar, necesariamente con el pronunciamiento favorable del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI. Articulo 8º.- Aplicacion de Normas en los Centros Poblados Rurales En los Centros Poblados Rurales existentes, calificados a traves del Organismo competente en funcion de lo establecido mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 915 del 22 de MORDAZA del ano 1985 que aprobo el Capitulo IX: "Centros Poblados Rurales" del Reglamento de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, seran de aplicacion las normas de zonificacion que le corresponden a la calificacion CPR segun el Cuadro Nº 01: Normas de Zonificacion de los Usos del Suelo de la MORDAZA Baja del Rio Lurin, que se aprueba en la presente Ordenanza y no necesariamente se grafican en el Plano de Zonificacion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispongase que todos los Expedientes en tramite relacionados a los Cambios Especificos de Zonificacion del area que se aprueba mediante la presente Ordenanza y que se encuentren en las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA remitidos a la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de canalizar el tramite en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Segunda.- Dispongase que en un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, las Municipalidades Distritales correspondientes elaboren la Propuesta de Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas para el Area de Tratamiento Normativo IV del Distrito, la misma que sera revisada y concordada por el Instituto Metropolitano de Planificacion de la MML, y sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano y Normas de Zonificacion que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades correspondientes, pudiendo ser reajustados en lo pertinente.

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