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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (20/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de junio de 2008 374415 las diferentes etapas del servicio de Limpieza Pública y adoptar las medidas correctivas para el mejor desempeño de la actividades relacionadas a la Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos; asimismo, como implementación de recomendaciones formuladas en los informes de acciones de control, conforme a la Resolución de Contraloría Nº 279-2000-CG, que aprueba la Directiva Nº 014-2000-CG/B150. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Art. 80º, inciso 3) Numeral 3.1. y 3.2. establece que son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de los desperdicios, así como regular el control del aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos. Que, es necesario precisar que el trabajo y desempeño municipal de la Gerencia de Servicios Públicos y la Subgerencia de Limpieza Pública y Ornato, demanda de la utilización de medidas de control, para asegurar el cumplimiento de las tareas y funciones asignadas, para cuyos efectos en el presente caso se propone la aprobación de la presente directiva, considerando además, que el proceso de limpieza pública comprende las etapas de recolección, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos, así como el barrido de calles, las cuales deberán contar con una supervisión por parte de la Unidad Orgánica encargada, para asegurar el cumplimiento del servicio, las condiciones técnicas y las disposiciones legales exigibles. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº 232-2008-OGAJ/MDA la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, es de opinión que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la Directiva “Normas y Procedimientos para la Implementación y Uso del Cuaderno de Control de Supervisión del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos”. Que, mediante Proveído Nº 193-2008-GM/MDA el Gerente Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 002-2008/ MDA “Normas y Procedimientos para la Implementación y Uso del Cuaderno de Control de Supervisión del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos”, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, Subgerencia de Limpieza y Ornato y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 215287-2 Aprueban Directiva sobre “Lineamientos y Procedimientos para la Evaluación Presupuestaria de las Actividades, Metas y Tareas Programadas en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 Ate, 30 de mayo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 006-08-ORE-OGP/MDA de la Ofi cina de Racionalización y Estadística, el Informe Nº 417-08-OGAJ/MDA de la Ofi cina General de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 1560-08-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Informe Nº 006-08-ORE-OGP/MDA la Ofi cina de Racionalización y Estadística remite el Proyecto de Directiva: “Lineamientos y Procedimientos para la Evaluación Presupuestaria de las Actividades, Metas y Tareas Programadas en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate” para su revisión y aprobación mediante Decreto de Alcaldía. Que, de la revisión del proyecto se advierte que éste, en esencia recoge las disposiciones contenidas en la Directiva 001-2007/MDA sobre la misma materia, con la adecuación correspondiente teniendo en cuenta la publicación de la Ordenanza Nº 178-MDA que aprueba la modifi cación al organigrama estructural y del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad. Que, el objeto del Proyecto es establecer los lineamientos técnicos y procedimientos, como es el registro y presentación de la información para efectuar la evaluación presupuestal de las actividades, metas y tareas programadas en el presupuesto institucional correspondiente, en términos que contribuyan al cumplimiento de los deberes y funciones de la Municipalidad en un contexto de responsabilidad y transparencia fi scal y búsqueda de la efi ciencia. Que, al respecto, el artículo 51º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que todas las Entidades Públicas están obligadas a brindar la información necesaria para la medición del grado de realización de los objetivos y metas que le corresponde alcanzar, conforme lo solicite el Ministerio de Economía y Finanzas a efectos de desarrollar las evaluaciones que le compete. Que, conforme lo establece la Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los gobiernos locales para cada año Fiscal, las Municipalidades deberán Registrar y procesar la información de la Evaluación Presupuestaria Semestral y Anual correspondiente al año fi scal respectivo, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera -SIAF-GL y a través del Sistema de Integración Contable de la Nación - SICON, de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, de acuerdo al sistema que utilicen para reportar sus operaciones al Ministerio de Economía y Finanzas. Que, la Ofi cina General de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 417-08-OGAJ/MDA encuentra CONFORME el Proyecto de directiva elaborado por la Ofi cina de Racionalización y Estadística, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y demás Directivas de Control, vigentes, debiendo ser aprobada por Decreto de Alcaldía conforme a lo dispuesto por el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Proveído Nº 1560-08-GM/MDA la Gerencia Municipal indica que se proyecte el Decreto de Alcaldía pertinente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:Artículo 1º.- APROBAR, la Directiva Nº 003-2008/ MDA sobre “Lineamientos y Procedimientos para la Evaluación Presupuestaria de las Actividades, Metas y Tareas Programadas en el Presupuesto Institucional de Descargado desde www.elperuano.com.pe