Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

374413

CMDUVN y 70-2008-MML-CMAL, de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y de Asuntos Legales y de conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Municipalidades y demas disposiciones legales vigentes; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACION DE USO DEL SUELO DE UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- Aprobar la Desafectacion y Cambio de Uso de Suelo para la construccion de un Oratorio o Altar Abierto, de un terreno cuya area es de 35.00 m2 que forma parte de un area mayor de 323.30 m2 calificado como MORDAZA de Recreacion Publica (ZRP), ubicado entre las Calles MORDAZA Parado de MORDAZA, MORDAZA Otoya, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA 5, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA implemente el area remanente de 288.30 m2 como MORDAZA, de conformidad con la Memoria Descriptiva y Plano que forman parte del Informe Nº 19752005-MML-DMDU-OPDM-DPTN del 13 de junio de 2005 de la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano, hoy Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los 13 JUN 2008 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 215292-2

Disponen revertir a favor del Estado el dominio de inmueble ubicado en la MORDAZA denominada Mesa Redonda
ACUERDO DE CONCEJO Nº 272 MORDAZA, 13 de junio de 2008 Visto en Sesion ordinaria de Concejo de fecha 12 de junio del 2008, los Dictamenes de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura Nos. 071-2008-MMLCMAL y 129-2008-MML-CMDUVN, proponiendo al Pleno del Concejo se revierta a favor del Estado el dominio del inmueble ubicado en el Jr. Miro MORDAZA N° 674 al 698 y Andahuaylas N° 804 al 830, en la MORDAZA denominada Mesa Redonda, del Cercado de MORDAZA, que fuera transferido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Resolucion Nº 026-2002-/SBN-GO-JAD del 19 de marzo del 2002 para la ejecucion del Programa Integral de Rehabilitacion y Reconstruccion de la MORDAZA declarada en emergencia por el Decreto Supremo Nº 008-2002-PCM. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, conforme lo establece el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Resolucion N° 026-2002/SBN-GOJAD de fecha 19 de marzo del 2002, se transfirio el

inmueble ubicado en el Jr. Miro MORDAZA N° 674 al 698 y Andahuaylas N° 804 al 830 del Cercado de MORDAZA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a fin de ser destinado al "Programa Integral de Rehabilitacion y Reconstruccion de la MORDAZA declarada en Estado de Emergencia" declarado por Decreto Supremo Nº 0082002-PCM dentro de un plazo no mayor de cinco (05) anos, caso contrario se revertira dicho predio a favor del Estado, de acuerdo a lo senalado por el Articulo 19º del Decreto Supremo N° 154-2001-EF; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA acepta la donacion de la Superintendencia de Bienes Nacionales, conforme consta en el Acuerdo de Concejo N° 201-MML de fecha 10 de octubre del 2003; Que, en dicho predio se encontraba instalada una base de operaciones del personal de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, siendo en esta circunstancia que con fecha 10 de MORDAZA del 2004, el predio fue tomado violentamente por terceros; Que, la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA ­ EMILIMA S.A. ha desarrollado todas las acciones que la Ley permite y se dio inicio al MORDAZA judicial contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Delito contra el Patrimonio ­ Usurpacion y otros, en agravio de EMILIMA S.A., MORDAZA judicial que se inicio ante el Vigesimo Setimo Juzgado en lo Penal de MORDAZA y que actualmente se encuentra con sentencia consentida a favor de EMILIMA S.A. y MORDAZA para ejecutar el desalojo de los ocupantes precarios. En la actualidad el expediente judicial desde el 17 de marzo del 2008, se encuentra en el 2do Juzgado Transitorio Penal bajo el Expediente N° 388-08; Que, el Concejo Metropolitano conforme lo dispone el Articulo 59° concordado con el Articulo 9° numeral 25 de la Ley Organica de Municipalidades, es el unico que puede establecer el uso futuro y destino final del inmueble en concordancia con el Decreto Supremo Nº 008-2002PCM, de proceder al desalojo de los invasores y merituar el costo social que conllevaria; Que, con fecha 19 de marzo del 2007 se cumplio el plazo legal establecido en el Articulo 2° de la Resolucion N° 026-2002/SBN-GO-JAD, por lo que procederia la reversion de dominio de dicho predio a favor del Estado, salvo que el Concejo Metropolitano apruebe solicitar a la Superintendencia de Bienes Nacionales, una ampliacion del plazo; Que, el uso del predio ubicado en el Jr. Miro MORDAZA N° 674 al 698 y Andahuaylas N° 804 al 830 del Cercado de MORDAZA, no fue establecido, pero al ser invadido violentamente por terceros desde el dia 10 de MORDAZA del 2004 y, al encontrarse hasta la fecha en litigio con MORDAZA judicial y no tener la condicion de libre disponibilidad no fue incorporado en el Margesi Inmobiliario Municipal, por lo que su reversion no afectaria los activos fijos municipales; Que, mediante Resolucion N° 088-2007-SBN-GO-JAR de fecha 27 de junio del 2007, se formalizo la reversion a favor del Estado el dominio del inmueble ubicado en el Jr. Cuzco Nº 655 y 665 constituido por dos secciones de 129.92 m2 y 205.25 m2, en el Cercado de MORDAZA, conforme aparece inscrito en la Partida Electronica N° 40498524 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, con fecha 10 de agosto del 2007; Que, de conformidad con lo informado por EMILIMA S.A. mediante Informe Nº 048-2008-EMLIMA-GSDIASIM del 22 de MORDAZA del 2008, remitido con Oficio Nº 1090-2008-EMILIMA-GG del 06 de MORDAZA del 2008, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA nunca tuvo la posesion del citado inmueble, sobre el cual a la fecha, se viene tramitando ante el Poder Judicial un MORDAZA de Prescripcion Adquisitiva interpuesto por la empresa Creaciones Working S.A., contra la Superintendencia de Bienes Nacionales y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con Expediente N° 10956-2006 ante el 43º Juzgado Civil de MORDAZA, encontrandose pendiente para expedir sentencia; asimismo, con fecha 10 de marzo del 2008, se ha declarado la sucesion procesal de la Superintendencia de Bienes Nacionales por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, motivo por el cual la Municipalidad ha dejado de integrar la relacion procesal; De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura en sus Dictamenes Nos. 71-2008-MML-CMAL y 129-2008-MML-CMDUVN;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.