Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2008 (20/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 20 de junio de 2008

senala que el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es el profesional que debe realizar el trabajo al cumplir con el perfil adecuado tanto en la parte profesional, tecnica y economica ya que su honorarios estaran supeditados a la captacion de ingresos por los conceptos de tributos municipales, control de obligaciones tributarias de las deudas existentes en todo el ambito distrital con una estimacion en recuperacion de Un Millon de Nuevos Soles. Asimismo, a traves del Informe Tecnico Nº 001-2008-MDP/GR la Gerencia de Rentas senala que los importes pendientes de cobro actualizados que se mantiene con los principales contribuyentes del distrito es un promedio que asciende a un total de S/. 1, 325,497.62 Nuevos Soles. Que, el Articulo 19º inciso f) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones la contratacion de Servicios Personalisimos, cumpliendo en efecto las formalidades exigidas por Ley, debiendo aprobarse tales exoneraciones mediante Acuerdo del Concejo Municipal conforme lo senala el inciso c) del Articulo 20º de dicho dispositivo legal; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que procede la exoneracion de Servicios Personalismos cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, procediendo a contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores ; Que, mediante Informe Nº 177-2008-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, opina que el Concejo Municipal debe evaluar los informes y tomar la decision respecto a si concede la exoneracion para contar con los servicios de un profesional altamente especializado en fiscalizacion y recuperacion de adeudos en materia tributaria. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion por Servicios Personalisimos del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Oficina de Administracion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA la contratacion del mencionado profesional para que efectue la fiscalizacion y recuperacion de adeudos atrasados en materia tributaria de los principales contribuyentes del distrito. Articulo Tercero.- ESTABLECER, que el Valor Referencial de la suma a recaudar es S/.1, 325,497.62 (Un Millon Trescientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Noventa y Siete 62/100 Nuevos Soles); la contraprestacion se efectuara con los ingresos que recaude el profesional contratado, y que representa el 26% del monto efectivamente recaudado, incluidos los impuestos de ley. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion comunique el contenido del presente Acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en el SEACE. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez ( 10 ) dias habiles de conformidad con el 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 215491-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

Declaran de interes la iniciativa privada de inversion en la modalidad de concesion de uso de terreno para la creacion de un proyecto de gasocentro
ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2008-MPL Pueblo Libre, 2 de junio de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: En Sesion Ordinaria Nº 11 de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 027-2008-MPL/CPL-CPAFP de la Comision Permanente de Administracion, Finanzas y Presupuesto del Concejo Municipal de Pueblo Libre, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades: 1. En el articulo II del Titulo Preliminar senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; 2. En el articulo IV del Titulo Preliminar referido a la Aplicacion de Leyes Generales y Politicas y Planes Nacionales, establece que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; 3. En el articulo 41º senala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; 4. En el articulo 86º numeral 3.4. senala que las municipalidades en materia de promocion del desarrollo economico local, ejercen la funcion de: concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito.

Que, mediante Expediente Nº 18058-2007 la Empresa Importaciones - Exportaciones San MORDAZA S.A., presenta a la Municipalidad de Pueblo Libre la iniciativa de proyecto de Inversion Privada en la modalidad de Concesion de Uso de Terreno, para la creacion de un Proyecto de Gasocentro; Que, mediante la Ley Nº 28059 y el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM se regulan los aspectos legales y tecnicos sobre los mecanismos relacionados a la inversion descentralizada en nuestro MORDAZA, siendo que dichas normas le otorgan al CEPRI de cada entidad funciones especificas relacionadas a la calificacion de las propuestas de iniciativas privadas presentadas ante la entidad, entre otras adicionales; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-2004PCM, se establece el procedimiento a seguir respecto a la calificacion de las propuestas relacionadas a iniciativas privadas; Que, mediante Informe Nº 003-2008-MPL-CEPRI, se senala que la propuesta consiste en la Concesion en Uso

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