Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2008 (24/06/2008)
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TEXTO DE LA PÁGINA 48
374658
MORDAZA Corrugado x 9 m OBRA Cant. 1/4" (vlla) TOTAL GENERAL Total en kilogramos 3/8" (vlla) 1/2" (vlla) 5/8" (vlla)
NORMAS LEGALES
MORDAZA liso x 6 m 3/4" (vlla) 1" (vlla) 1/2" (vlla) 5/8" (vlla) 3/4" (vlla) 1" (vlla) Alambre de 1/4" Corrugado (kls) Liso (kls) (kls)
El Peruano MORDAZA, martes 24 de junio de 2008 Alambre Negro Recocido Nº 8 (kls) (kls) 16 (kls) 8
Alambre Negro Nº 16
Und.
337
29153
42347
19938
7352
5697
7
950
336
105
11092
20
24989
21446
910
970
Kgr
752
146931
378836
278494
147885
203708
42
8858
4510
2506
11092
20
24989
21446
910
970
OBRA
Cant.
Alambre Galvanizado Recocido N°
Clavos para MORDAZA con MORDAZA de
Clavos de MORDAZA de
Clavos para calamina
Calaminas
Clavos para MORDAZA sin MORDAZA de 2" (kls)
16 (kls) TOTAL GENERAL Total en kilogramos
18 (kls)
1 1/2" (kls)
2 1/2" (kls)
1" (kls)
2" (kls)
3" (kls)
4" (kls)
5" (kls)
6" (kls)
2" (kls)
3" (kls)
3" (kls)
0,22 (Pl)
Und.
0
324
180
300
36
879
10409
5688
1750
70
50
50
285
400
30
Kgr
0
324
180
300
36
879
10409
5688
1750
70
50
50
285
1000
30
TOTAL GENERAL DE MORDAZA EN PESO KGR 1´253,000.14 (Toneladas 1,253.00)
Que, mediante Informe Nº 078-2008-ALE-MDE/LC, de fecha 10 de junio del 2008, la Jefe de Asesoria Legal Abogada MORDAZA MORDAZA Triveno, concluye opinando, que conforme a los documentos sustentatorios y justificatorios por parte del Jefe de Logistica, el Jefe de Almacen y del Gerente de Administracion, se esta generando una situacion de desabastecimiento de los materiales derivados de MORDAZA como fierros, clavos, planchas metalicas y otros, situacion que se ha generado segun los proveedores de dichos materiales, debido al alza del precio de la materia prima para la fabricacion de dichos productos, tanto a nivel nacional como internacional; como consecuencia de la situacion MORDAZA descrita, se esta generando falta de atencion a los requerimientos de materiales realizados por los encargados de las diferentes obras que se estan ejecutando la Municipalidad Distrital de Echarate, por lo que esta situacion a opinion de Asesoria Legal resulta procedente la exoneracion a MORDAZA de seleccion ante la situacion de desabastecimiento inminente de materiales como fierros, clavos, planchas metalicas y demas derivados de MORDAZA, recomendando y cumpliendo con lo senalado en los articulos 146º, 147º del Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Ademas en atencion a las normativas MORDAZA senaladas debe cumplirse estrictamente lo previsto en el articulo 148º (Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas) asi: (i) La Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose indicar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. (ii) La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebran como consecuencia de aquella, deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. (iii) La adquisicion y contratacion del bien, servicio y obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones o contrataciones de la Entidad o el Organo designado para tal efecto; Que, con el precedente entender, la exoneracion a MORDAZA de seleccion en situacion de desabastecimiento inminente tendra que cenirse a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 083-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 084-2004-PCM, concordante con el Comunicado Nº 03-2005-CG; Que, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 20º, Inciso "C" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad, el siguiente acuerdo: ACUERDO: Articulo 1º.- DECLARAR por un plazo de 60 dias calendarios a partir de la publicacion de la presente Resolucion, en situacion de Desabastecimiento Inminente de materiales de construccion: MORDAZA corrugado, MORDAZA liso, alambre de ¼", alambre negro recocido, alambre galvanizado recocido, clavos de MORDAZA con MORDAZA de, clavos de MORDAZA, clavos para calamina, clavos para MORDAZA sin MORDAZA de, y calaminas que deberan ser adquiridas de la misma fabrica, cuyo total general de MORDAZA en peso es por 1´253,000.14 kilogramos, equivalente en toneladas a 1,253.00, segun el cuadro de requerimientos consolidado que se encuentra adjunto al Informe Nº 0743-2008-DA-MDE/ LC, que incluye el transporte desde la fabrica hacia los almacenes de la Municipalidad para las obras a ejecutarse y en ejecucion a la Municipalidad Distrital de Echarate. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Unidad de Logistica y las instancias administrativas que correspondan que la exoneracion a MORDAZA de seleccion en situacion de desabastecimiento inminente y las acciones que correspondan descritos en los considerandos de la presente Resolucion, las que tendra que cenirse a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 083-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 0842004-PCM, concordante con el Comunicado Nº 03-2005CG. Articulo 3º.- PUBLIQUESE La presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, a partir de la fecha. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA PRO MORDAZA MORDAZA
216803-1
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