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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (24/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de junio de 2008 374643 Penal Nacional de turno en la fecha en que se concede la alzada. Artículo Sexto.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscales Superiores Decanos, Fiscalía Superior Coordinadora de la Fiscalía Penal Nacional y de las Fiscalías mencionadas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 217286-2 Disponen que la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada conozca procesos en trámite por delitos de Tráfico Ilícito de Drogas en modalidades agravadas y la distribución de procesos por delitos de corrupción de funcionarios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 830-2008-MP-FN Lima, 23 de junio de 2008 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27380 de fecha 20 de diciembre de 2000, se incorporó a la Ley Orgánica del Ministerio Público el artículo 80-A y 80-B que dispone que el Fiscal de la Nación tiene la facultad de designar Fiscales para que intervengan, según su categoría, en la investigación y juzgamiento de todos aquellos hechos delictivos complejos que requieran de una intervención especializada del Ministerio Público. Que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 333-2007-MP-FN, de fecha 16 de marzo de 2007, se resolvió convertir diversos Despachos Fiscales tanto de nivel Superior como Provincial, en Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, con competencia a nivel nacional. Que a través de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 042-2007-MP-FN-JFS, de fecha 7 de septiembre de 2007, se aprobó el Reglamento de la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada, en el que se establece la organización, la competencia material y territorial así como sus funciones. Se prevé además, que la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada tiene competencia a nivel nacional que garantiza una investigación dinámica y efi ciente contra la criminalidad organizada y que depende de la Fiscalía de la Nación. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 045-2008-CE-PJ, de fecha 14 de febrero del año en curso, dispuso la ampliación de competencia de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Supraprovinciales, para conocer procesos por delitos de Terrorismo a nivel nacional, Tráfi co Ilícito de Drogas en su modalidades agravadas previstas en los incisos 6, 7, y último párrafo del artículo 297° concordante con el artículo 296° del Código Penal; Lavado de Activos previstos en la Ley N° 27765; delitos de Secuestro y Extorsión previstos en los artículos 152° y 200° del Código Penal cometidos en agravio de funcionarios del Estado y de cualquier persona sin exclusión alguna, siempre y cuando en este último supuesto el proceso sea complejo o masivo o con repercusión nacional y/o perpetrados por organización delictiva, con prescindencia del lugar donde se hubiera cometido el delito. Que por Resolución Administrativa Nº 119-2008-CE-PJ, de fecha 29 de abril de 2008, se precisó que la competencia de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales para conocer los procesos mencionados en el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 045-2008-CE-PJ, corresponde a los procesos por delitos complejos que tengan repercusión nacional, que sus efectos superen el ámbito de un Distrito Judicial o que hayan sido cometidos por organizaciones delictivas, conforme lo establece el artículo 16° del Código de Procedimientos Penales. Que estando a los considerandos antes mencionados, resulta necesario que la Fiscalía de la Nación determine la competencia de las Fiscalías que conocerán de los casos de Tráfi co Ilícito de Drogas y Lavado de activos ante la Sala Penal Nacional.Que estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Fiscalía Especializada en Criminalidad Organizada, conozca de todos los procesos en trámite por los delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas en sus modalidades agravadas previstas en los incisos 6, 7 y último párrafo del artículo 297° concordante con el artículo 296° del Código Penal, y Lavado de Activos previsto en la Ley N° 27765, que son de competencia de la Sala Penal Nacional. Artículo Segundo.- Disponer que los procesos por delito de corrupción de funcionarios que vienen conociendo la Primera Fiscalía Superior Especializada en Criminalidad Organizada, de acuerdo al Artículo Tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 333-2007-MP-FN, se remitan al Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, para su distribución equitativa, con excepción de los procesos en que se hayan iniciado el juicio oral. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Fiscales Superiores Coordinadores competentes, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos y Gerencia de Registro de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 217286-3 Nombran y designan fiscales en despachos de Fiscalías de los Distritos Judiciales de Lima Este, Ancash, Santa, Huánuco, Tumbes, Ica, Ayacucho, Puno y Madre de Dios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 831-2008-MP-FN Lima, 23 de junio de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicios y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Carlos Alberto Nivin Valdiviezo, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima y su destaque al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 366-2005-MP-FN, de fecha 21 de febrero del 2005. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor Rodolfo Martín Socla Alarcón, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima y su destaque al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 085-2007-MP-FN y Nº1210-2007-MP-FN, de fechas 26 de enero y 11 de octubre del 2007. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del doctor Eduardo Vladimir Cueva Poma, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima y su destaque al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 366-2005-MP-FN, de fecha 21 de febrero del 2005. Artículo Cuarto.- Nombrar al doctor Carlos Alberto Nivin Valdiviezo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Este, destacándolo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto.- Nombrar al doctor Rodolfo Martín Socla Alarcón, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Este, destacándolo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera.Descargado desde www.elperuano.com.pe