Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2008 (24/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de junio de 2008

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Edyficar el traslado de oficinas especiales y agencia ubicadas en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 2082-2008
MORDAZA, 12 de junio de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la FINANCIERA EDYFICAR solicitando autorizacion de esta Superintendencia para el traslado de dos (2) oficinas especiales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 968-2003 del 30 de junio de 2003 se autorizo la apertura de la oficina especial ubicada en el distrito de Caraz, y que mediante Resolucion SBS N° 1596-2004 del 20 de septiembre de 2004 se autorizo la apertura de la oficina especial ubicada en el distrito de Ate; Que, las razones expuestas por la empresa justifican el traslado de domicilio solicitado de las citadas oficinas especiales, habiendose cumplido con presentar la documentacion pertinente; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolucion SBS N° 775- 2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS N° 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Financiera Edyficar el traslado de su oficina especial ubicada en Jr. Sucre N° 1210, distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de MORDAZA hacia Jr. Sucre N° 1182, distrito de Caraz, provincia de Huaylas y departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Autorizar a la Financiera Edyficar el traslado de agencia ubicada en Av. 15 de MORDAZA Lt. 39 MORDAZA B - Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA hacia Av. 15 de MORDAZA Lt. 11 - UVC 3 - MORDAZA A - Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

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Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702, de la Resolucion SBS N° 775- 2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS N° 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar a la Financiera Edyficar el traslado de su oficina especial ubicada en Av. 15 de MORDAZA Lt. 39 - MORDAZA B - Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA hacia Av. 15 de MORDAZA Lt. 11 - UVC 3 - MORDAZA A - Huaycan, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

217062-2

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Procedimiento interno a seguir por el Tribunal en los procedimientos de aplicacion de sancion
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO EN SESION DE SALA PLENA DE FECHA 06.05.2008 EL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: PROCEDIMIENTO INTERNO A SEGUIR POR EL TRIBUNAL EN LOS PROCEDIMIENTOS DE APLICACION DE SANCION

ACUERDO Nº 006/2008.TC DE 06.05.2008
El senor Presidente del Tribunal, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expreso su preocupacion por la recargada carga procesal acumulada de procedimientos de aplicacion de sancion pendientes de resolver por el Tribunal, muchos de los cuales tienen mas de un ano de antiguedad de haber sido iniciados. Asimismo, manifesto que dicha acumulacion se ha debido, entre otras causas, al hecho que los expedientes de aplicacion de sancion no tienen mayor plazo de tramitacion y resolucion que la fecha de prescripcion de las respectivas infracciones, las cuales, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones vigente, prescriben a los tres anos de cometidas, por lo que resulta pertinente establecer plazos para que el Tribunal emita un pronunciamiento en dichos procedimientos. En este sentido, una de las principales funciones del Tribunal es la de imponer sanciones de inhabilitacion, temporal o definitiva, para participar en procesos de seleccion y para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en el articulo 52 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado1 y el articulo 293 de su Reglamento, lo cual, ademas, se encuentra regulado en el articulo 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). En esta misma linea, la potestad sancionadora en materia de contrataciones del Estado se encuentra establecida en el citado articulo 52 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y reglamentada en el Titulo VI de su Reglamento, a cuyas disposiciones se aplican supletoriamente, en cuanto

217062-1 RESOLUCION SBS Nº 2333-2008
MORDAZA, 19 de junio de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La Resolucion SBS N° 2082-2008 de fecha 12.06.08 mediante la cual se autorizo a Financiera Edyficar el traslado de su oficina especial ubicada en el distrito de Ate; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario precisar que la oficina materia de la solicitud de traslado es una oficina especial;

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Cuyo Texto Unico Ordenado (TUO) vigente ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM

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