Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2008 (27/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de las ONGD, ENIEX e IPREDA siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, asimismo el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF modificado por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28905, Ley de Facilitacion del Despacho de Mercancias Donadas Provenientes del Exteriores, establece que estan inafectas del pago de los derechos arancelarios las donaciones aprobadas por Resolucion Ministerial del sector correspondiente efectuadas a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Internacional ­ ENIEX, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ­ ONGD e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional ­ IPREDA, inscritas en los registros correspondientes que la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, actualmente conduce; Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007-EF se aprobo el Reglamento para la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones, el mismo que en el literal c) del numeral 3.2 de su articulo 3º establece que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir las Resoluciones Ministeriales de aprobacion correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA; Que, la Unica Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, senala que lo dispuesto en el referido Reglamento es de aplicacion a los bienes que hayan sido retirados y se encuentren pendientes de regularizacion; Que, actualmente se encuentran en vias de regularizacion la aprobacion de donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD e IPREDA, a efectos de la inafectacion del IGV e ISC, siendo el caso que respecto a los derechos arancelarios cuenta con la aprobacion del sector correspondiente; Que, la asociacion MORDAZA DE CONVIVENCIAS MORDAZA MORDAZA II, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, de conformidad con la Directiva de Procedimientos de Aceptacion y Aprobacion, Internamiento de Donaciones de caracter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior, aprobada por Resolucion Suprema N° 508-93-PCM y en virtud de la Ley de Creacion de la APCI, Ley Nº 27692 modificada por Ley Nº 28925; Que, mediante certificado de donacion de fecha 13 de noviembre del 2006, se observa que FUNDACION DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS, ha efectuado una donacion a favor de la asociacion MORDAZA DE CONVIVENCIAS MORDAZA MORDAZA II; Que, los bienes donados consisten en 800 bultos, conteniendo arroz blanqueado de grano largo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 914-2006-MIMDES, de fecha 27 de diciembre del 2006, con un valor FOB US$ 9,000.00 (NUEVE MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), segun certificado de donacion de fecha 13 de noviembre del 2006, con un peso MORDAZA manifestado de 20,056 kg., amparado en el conocimiento de embarque Nº MSCUCD245209, de fecha 26 de octubre del 2006. Destinada para la alimentacion y consumo en los siguientes: MORDAZA de Convivencias MORDAZA MORDAZA II de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Yurimaguas, Iquitos y Cusco; Seminarios Redentoris Mater de MORDAZA ­ La Punta, MORDAZA y Yurimaguas; MORDAZA de Corazon de Cristo de MORDAZA ­ La MORDAZA, conforme a la finalidad senalada en la solicitud y declaracion jurada de fechas 15 de febrero, 24 de MORDAZA y 3 de octubre del 2007 respectivamente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 914-2006MIMDES, de fecha 27 de diciembre de 2006, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobo la donacion efectuada por FUNDACION DESARROLLO INTEGRAL

DE LOS PUEBLOS, a favor de la asociacion MORDAZA DE CONVIVENCIAS MORDAZA MORDAZA II, respecto a los bienes MORDAZA detallados. Que, por lo expuesto corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por FUNDACION DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS, a favor de la asociacion MORDAZA DE CONVIVENCIAS MORDAZA MORDAZA II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, Ley Nº 28905, Decreto Supremo Nº 0212008-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; y en virtud de la Ley de Creacion de la APCI, Ley Nº 27692 modificada por Ley Nº 28925; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, en vias de regularizacion, la donacion efectuada por FUNDACION DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS, a favor de la asociacion MORDAZA DE CONVIVENCIAS MORDAZA MORDAZA II, respecto a los bienes senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, Decreto Supremo Nº 021-2008-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 218253-4

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2008-MTC MORDAZA, 26 de junio de 2008 VISTO: El Informe Nº 339-2008-MTC/12 del 10.06.08, de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA

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