Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2008 (27/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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Senor Gerente General:

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de junio de 2008

Reglamento, aprobado por Resolucion SBS N° 600-98; Que, en virtud de lo dispuesto por el articulo 26° de la Ley General, esta Superintendencia, mediante Oficio N° 6391-2008-SBS del 26.03.2008, ha efectuado una Visita de Comprobacion, a fin de determinar el grado de cumplimiento de los requisitos exigidos para el funcionamiento de la EDPYME; Que, mediante la memoranda cursada durante la Visita de Comprobacion, se comunico a los organizadores las observaciones encontradas y la Edpyme en Organizacion ha subsanado las observaciones formuladas; Que en Sesion de Directorio del 05.04.2008 se aprobo la apertura de la primera Agencia de la Edpyme, ubicada en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, donde realizara sus operaciones la EDPYME; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "C" mediante Informe N° 1002008-DEM "C", asi como por los Departamentos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, mediante Informes N° 38-2008-DERO, N° 39-2008-DERMLI y N° 42-2008DERC; contando ademas con la opinion favorable del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 27° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702 y normas modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Credijet del Peru Sociedad Anonima, Edpyme Credijet del Peru S.A., con oficina principal, que operara como sede administrativa, ubicada en Av. MORDAZA Real N° 391 ­ 4to piso, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como una empresa del Sistema Financiero, la misma que podra realizar las operaciones senaladas en el articulo 288º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Articulo Segundo.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Funcionamiento el que debera ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial y la MORDAZA en uno de extensa circulacion nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al publico. Articulo Tercero.- Para el inicio de sus operaciones, se autoriza a la EDPYME CREDIJET DEL PERU S.A. la apertura de una (01) Agencia ubicada en el Jr. MORDAZA Salaverry Nº 3834, 2do. Piso, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 218090-1

De conformidad con el ultimo parrafo del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, con el articulo 149° del Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion N° 080-98-EF/SAFP y la Ley N° 27328, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion SBS N° 920-2000, se dispone que la tasa de interes moratorio aplicable al pago extemporaneo de aportes, comisiones, primas de seguro y cuotas de regimenes de reprogramacion de aportes al Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones que rige a partir del 1º de MORDAZA de 2008 es de 1,80% efectiva mensual, considerando un mes de 30 dias. Atentamente, MORDAZA POGGI CAMPODONICO Gerente de Estudios Economicos 218487-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen exclusion de Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas - Septima Emision del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 094-2008-EF/94.06.3 MORDAZA, 19 de junio de 2008 VISTOS: El expediente N° 2008017498, asi como el Informe Interno Nº 458-2008-EF/94.06.3, del 19 de junio de 2008, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 032-2002EF/94.45, del 27 de noviembre de 2002, se dispuso la inscripcion de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­ Septima Emision" del Banco Interamericano de Finanzas hasta por US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), asi como el registro del prospecto informativo correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el MORDAZA de la emision senalada en el considerando anterior, se colocaron cuatro series por un monto de US$ 5'000,000.00 (cinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) cada una; Que, el Banco Interamericano de Finanzas solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas - Septima Emision" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, el Banco Interamericano de Finanzas ha presentado MORDAZA de la escritura publica de fecha 05 de MORDAZA de 2008, otorgada ante el Notario MORDAZA Laos de Lama, suscrita por el emisor y Scotiabank Peru S.A.A., este ultimo en su condicion de Representante de los Obligacionistas, mediante el cual las partes suscribieron el acuerdo de cancelacion total de los valores correspondientes a los "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas ­ Septima Emision";

Tasa de interes moratorio aplicable al pago extemporaneo de aportes, comisiones, primas de seguro y cuotas de regimenes de reprogramacion de aportes al Sistema Privado de Pensiones
CIRCULAR Nº AFP- 094- 2008 Ref.: Tasa de interes moratorio aplicable al pago extemporaneo de aportes, comisiones, primas de seguro y cuotas de regimenes de reprogramacion de aportes al Sistema Privado de Pensiones.

MORDAZA, 16 de junio de 2008

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