Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2008 (27/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 27 de junio de 2008

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban diversos programas proyectos de inversion publica
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 049-2008-GR.CAJ-CR MORDAZA, 16 de junio de 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria de fecha 13 de junio del ano 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 001-2008-GR.CAJ/ COAJ-COI-COP-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos, Infraestructura, Planeamiento y Desarrollo Economico, referente a autorizar al Presidente Regional para que en nombre y representacion del Gobierno Regional MORDAZA, realice las acciones necesarias a fin de concertar la operacion de Endeudamiento Externo e Interno, con el Banco de Cooperacion Internacional de Japon, para el financiamiento de los Programas: "Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las Principales Ciudades del Departamento de MORDAZA - I Etapa" y "Electrificacion Rural Cajamarca-Programa PAFE - III Etapa". Endeudamiento Interno, que permita la Ejecucion del Proyecto "Hospital Regional de Cajamarca", con el MORDAZA unanime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 74º (Operaciones de endeudamiento), prescribe que: "Los Gobiernos Regionales pueden concertar y celebrar operaciones de endeudamiento. Asimismo, solo podran celebrar operaciones de endeudamiento externo, emision de bonos y titulacion de cuentas, con aval o garantia del Estado, previa aprobacion del Gobierno Nacional. Las referidas operaciones deben sujetarse a los procedimientos y normas que regula la Ley del Sistema Nacional de Endeudamiento y los limites establecidos en la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal y la MORDAZA que se emita sobre descentralizacion fiscal"; - Que, mediante ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en el articulo 5º literal d) (Principios especificos de la descentralizacion fiscal), establece como MORDAZA especifico de la descentralizacion fiscal el endeudamiento publico externo, que es competencia exclusiva del gobierno nacional y debe concordar con el limite del endeudamiento del sector publico y las reglas de transparencia y MORDAZA fiscal que senala la ley. Los gobiernos regionales y locales solo pueden asumir endeudamiento publico externo, emitir bonos y titulizar cuentas con el aval o garantia del Estado; - Que, con ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el articulo 50º (Calificacion crediticia), senala que los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales que gestionen operaciones de endeudamiento directas o garantizadas, por un monto a ser establecido en la Ley de Endeudamiento del Sector Publico que se aprueba anualmente, deben contar con un nivel de calificacion crediticia favorable extendida por una empresa calificadora de riesgo; - Que, la ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, articulo 6º (calificacion crediticia), refiere que la calificacion crediticia favorable a que se refiere el articulo 50º de la Ley General, se requiere cuando el monto de las concertaciones, individuales o acumuladas, del respectivo gobierno regional o gobierno local, con o sin garantia del Gobierno Nacional, durante el Ano Fiscal 2008, supere la suma de CINCO MILLONES Y

y

00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional; - Que, mediante Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, en Trigesima MORDAZA Disposicion Final prescribe: "Facultase al Ministerio de Economia y Finanzas para que autorice operaciones de endeudamiento de gobiernos regionales con cargo a los recursos de Canon, Sobrecanon, Regalias y aquellos recursos de exoneraciones tributarias de aquellos gobiernos regionales que canjearon la eliminacion de las exoneraciones tributarias, con la finalidad de realizar inversiones en obras de infraestructura que beneficien a no menos del quince por ciento (15%) de la poblacion o que involucren a tres (3) o mas provincias de la region. Cuando se trate de creditos internos, tales operaciones deberan realizarse en moneda nacional. La operacion de endeudamiento no puede comprometer mas del treinta por ciento (30%) del canon anual regional, y el plazo de la misma no podra exceder de quince (15) anos. A fin de dar cumplimiento al articulo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, y sus modificatorias, no se tomaran en cuenta los recursos de Canon, Sobrecanon y Regalias comprometidos para el pago de deuda proveniente de estas inversiones. Los gobiernos regionales presentaran los proyectos respectivos al Ministerio de Economia y Finanzas, requiriendose que hayan sido aprobados con mayoria calificada del Consejo Regional respectivo, que cuenten con la conformidad del flujo sustentado a futuro y que observen la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica y del Sistema Nacional de Endeudamiento; - Que, mediante Oficio Nº 720-08-GR.CAJ-GRPPAT, de fecha 4 de junio de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Eco. MORDAZA Ibanez MORDAZA, remite al Gerente General Regional el Informe Tecnico de Programas y Proyectos de nivel Regional que el gobierno Regional viene gestionando con financiamiento interno y externo. Este informe muestra la liquidez que tiene el Gobierno Regional para asumir compromisos de endeudamiento a largo y corto plazo (pago de la deuda y contrapartidas), que permita financiar proyectos y programas de impacto regional referidos a Programa Regional de Agua y Saneamiento, Programa Regional de Electrificacion Rural y Proyecto Hospital Regional de Cajamarca; - Que, con Oficio Nº 469-2008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 5 de junio de 2008, el Director Regional de Asesoria Juridica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite al Gerente General Regional el Informe Legal Nº 030-2008-GR.CAJ/DRAJ, el mismo que contiene opinion sobre la procedencia legal de aprobacion del Financiamiento de Programas y Proyectos con Financiamiento Interno y Externo, que el Gobierno Regional MORDAZA viene gestionando, para ello se hace referencia al Oficio Nº 720-08-GR.CAJGRPPAT, de fecha 4 del mes y ano en curso, en los terminos siguientes: 1) Segun el Informe Presupuestal para Financiamiento de Programas y Proyectos con Financiamiento Interno y Externo, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se desprende la liquidez que tiene el Gobierno Regional MORDAZA para asumir compromisos de endeudamiento a largo y corto plazo, que permita financiar proyectos y programas de impacto regional referidos a Programa Regional de Agua y Saneamiento, Programa Regional de Electrificacion Rural y Hospital Regional de Cajamarca; 2) En el articulo 9°, de la Ley Nº 28258 - Utilizacion de Regalia minera, senala que los recursos que los Gobiernos Regionales y Municipalidades reciban por concepto de regalia minera seran utilizados exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversion productiva que articule la mineria al desarrollo economico de cada region para asegurar el desarrollo sostenible de las areas urbanas y rurales; senalando en la Trigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, que faculta al Ministerio de Economia y Finanzas para que autorice operaciones de endeudamiento de gobiernos regionales con cargo a los recursos de Canon, Sobrecanon, Regalias,

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