Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2008 (27/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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la fecha en que se recibe el informe respectivo, acorde con lo establecido en las referidas Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago. Articulo 3°.- La SUNAT, luego de recibir los referidos cheques, programara la fecha de entrega de los premios previa coordinacion con las Instituciones Educativas ganadoras. Articulo 4°.- La SUNAT notificara a la Unidad de Gestion Educativa Local (UGEL) y/o a la Direccion Regional de Educacion respectiva, los resultados del Sorteo de Comprobantes de Pago, indicando la (las) institucion (es) educativa (s) de su jurisdiccion que se ha (han) hecho acreedora (s) a uno de los premios que corresponden a cada una de las Zonas; para efectos que realicen las acciones que correspondan de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2008-EF. Articulo 5°.- Los representantes de la SUNAT entregaran el premio correspondiente, en la sede de la Institucion Educativa ganadora, al representante legal de la misma, en presencia de un representante del Ministerio del Interior y de representantes de los diferentes estamentos de su comunidad educativa. En caso que, por razones de fuerzas mayor, no sea posible realizarla en dicha sede, la SUNAT informara a los representantes de la institucion educativa ganadora, el lugar que se ha designado para la entrega del premio respectivo. Los representantes de las Instituciones Educativas, a efectos de recibir el premio, deberan suscribir el Acta de entrega y los documentos que MORDAZA necesarios en senal de conformidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional 218648-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Declaran nula buena pro otorgada en la AMC Nº 113-2008-ZRLIMA SNP
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 183-2008-SUNARP/SN MORDAZA, 25 de junio de 2008 VISTO el Oficio Nº 1134-2008-Z.R.Nº IX-GAF/JEF, suscrito por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede Lima; y segun lo sustentado en el Memorandum Nº 539-2008SUNARP-Z.R. Nº IX-OL de la Oficina Legal de la citada MORDAZA Registral; el Informe Nº 134-2008-SUNARP-Z.R. Nº IX-GAF/SLS; y el Informe Legal emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo expuesto en el oficio Nº 1134-2008SUNARP-Z.R. Nº IX-GAF/JEF, el Memorandum Nº 5392008-SUNARP-Z.R. Nº IX-OL y el Informe Nº 134-2008SUNARP-Z.R. Nº IX-GAF/SLS, la beneficiaria de la Buena Pro en la AMC Nº 113-2008-ZRLIMA SNP, no cumplio con un requisito tecnico minimo: presentar "copia simple del titulo de Bachiller o MORDAZA de egresado"; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 63º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, "los requerimientos tecnicos minimos deber ser cumplidos y acreditados por todos los postores para que su propuesta sea admitida"; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es nulo el acto administrativo que contravenga las normas legales; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS asi como a lo requerido por la MORDAZA Registral, mediante los documentos citados en el Visto de la presente resolucion, los cuales forman parte de la presente resolucion, en el contexto de lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley Nº 27444, con la visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULA la buena pro otorgada la AMC Nº 113-2008-ZRLIMA SNP, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de calificacion de propuestas. Articulo Segundo.- Disponer que: 1) el Organo de Control Institucional de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, ejecute las acciones correspondientes a fin de determinar, de ser el caso, la responsabilidad por el hecho que genera la presente nulidad; 2) La Secretaria General notifique inmediatamente la presente Resolucion a la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, para que gestione la publicacion de la presente resolucion en el SEACE, incluyendo el Memorandum Nº 539-2008-SUNARP-Z.R. Nº IX-OL y el Informe Nº 134-2008-SUNARP-Z.R. Nº IXGAF/SLS. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 218647-1

Dejan sin efecto designacion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 050-024-0000201 MORDAZA, 23 de junio del 2008 CONSIDERANDO: Que, al habersele encargado al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA funciones distintas a las que le corresponden como Auxiliar Coactivo de la intendencia Regional MORDAZA, es necesario dejar sin efecto su designacion como tal. Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intedentes Regionales de la SUNAT a designar y dejar sin efecto, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA, del funcionario que se indica a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Intendente Regional (e) INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA 218649-1

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