Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

tomar los acuerdos relativos a la gestion institucional que corresponde, segun lo que establece la presente ley y el reglamento de organizacion y funciones. 7.7. El Consejo Directivo aprueba la designacion del Director Ejecutivo y de los miembros del Consejo Consultivo del CEPLAN, segun los requisitos y procedimientos establecidos por el reglamento de organizacion y funciones. Los nombramientos se efectuan mediante resolucion ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 8. Definicion y competencia de la Direccion Ejecutiva del CEPLAN 8.1. La Direccion Ejecutiva es el organo responsable de la ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo. Depende de la Presidencia del Consejo Directivo. Tiene a su cargo las coordinaciones institucionales y la gestion tecnica y administrativa en apoyo del trabajo del Consejo Directivo, de los comites multidisciplinarios, del Consejo Consultivo, del desarrollo de las funciones del CEPLAN y de los fines del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico, en la forma que establece el reglamento de organizacion y funciones. 8.2. La Direccion Ejecutiva esta a cargo de un Director Ejecutivo designado por el Consejo Directivo a propuesta de su presidente. Articulo 9. Definicion, integrantes y competencia del Consejo Consultivo del CEPLAN 9.1. El Consejo Consultivo es el principal organo de asesoria del Consejo Directivo del CEPLAN. Esta integrado por un MORDAZA de veinte personas de reconocida trayectoria profesional y, de preferencia, experiencia en planeamiento estrategico, segun lo que establece el reglamento de organizacion y funciones. Sus integrantes, entre ellos su presidente, son designados y removidos por el Consejo Directivo a propuesta de su presidente, en coordinacion con el Presidente del Consejo de Ministros, procurando que su composicion responda a los principios de participacion plural, multisectorial, multidisciplinaria y busqueda del consenso. El nombramiento se efectua por resolucion ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros y es efectivo por el periodo de tiempo que corresponde al Consejo Directivo dentro de cuyo ejercicio son designados. 9.2. Los miembros del Consejo Consultivo ejercen su funcion ad honorem y pueden ser funcionarios que prestan servicios en algun organismo publico, pero, en el caso de quienes no lo son, el solo hecho de su nombramiento no implica que asumen la condicion de funcionarios. El Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN puede participar en las reuniones del Consejo Consultivo con derecho a voz pero sin MORDAZA, y en caso de ausencia temporal de su presidente puede convocar y dirigir sus sesiones. 9.3. El Consejo Consultivo es asistido durante sus sesiones por el Director Ejecutivo del CEPLAN o el funcionario que le sigue en jerarquia. 9.4. Compete al Consejo Consultivo pronunciarse sobre los asuntos que, en materia de planeamiento estrategico y funciones del CEPLAN, son sometidos a su consideracion por el Consejo Directivo del CEPLAN. Los acuerdos que contienen sus pronunciamientos constan en actas y son transmitidos al Consejo Directivo del CEPLAN mediante oficio firmado por su presidente. 9.5. Los acuerdos del Consejo Consultivo no tienen fuerza obligatoria pero deben ser materia de debate y acuerdo por el Consejo Directivo del CEPLAN. Articulo 10. Funciones del CEPLAN Son funciones del CEPLAN: I. Funciones generales 1. Conducir el MORDAZA de formulacion y difusion de una vision compartida y concertada de futuro del MORDAZA en sus diversos sectores y niveles de gobierno. 2. Apoyar al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de la funcion de coordinacion de la

planificacion estrategica concertada en el MORDAZA del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico, segun lo establecido por el inciso 11 del articulo 19º de la Ley Num. 29158 -Ley Organica del Poder Ejecutivo- y, en consecuencia, formular y actualizar el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional, mediante la coordinacion multisectorial, interinstitucional e intergubernamental, segun las reglas establecidas por la directiva respectiva. 3. Asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulacion, el seguimiento y la evaluacion de politicas y planes estrategicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional. 4. Desarrollar metodologias e instrumentos tecnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional orientadas al desarrollo armonico y sostenido del MORDAZA y al fortalecimiento de la gobernabilidad democratica en el MORDAZA del Estado constitucional de derecho. 5. Promover y orientar la formacion y actualizacion profesional y tecnica de especialistas en planeamiento estrategico, prospectiva y formulacion y evaluacion de politicas publicas y planes, en los tres niveles de gobierno y en las instituciones de educacion superior. 6. Presentar a consideracion del Presidente del Consejo de Ministros, para su posterior MORDAZA al Consejo de Ministros, el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional que debe contener los lineamientos de politica, las prioridades, los objetivos, las metas y la definicion de las acciones de orden estrategico para el desarrollo armonico y sostenido del pais. 7. Promover sinergias entre las organizaciones de los sectores publico y privado y de la sociedad civil. 8. Expedir las directivas que corresponde dentro de su competencia. II. Funciones especiales En materia de prospeccion

9. Orientar y desarrollar estudios estrategicos para la identificacion de tendencias internacionales, oportunidades, riesgos y contingencias, y plantear opciones estrategicas para la aplicacion de las conclusiones y recomendaciones de esos estudios. 10. Identificar y definir escenarios estrategicos futuros a base de estudios prospectivos y del analisis integral de la realidad, de las potencialidades, de los activos tangibles e intangibles y del entorno internacional, promoviendo la participacion de los centros academicos y de investigacion del pais. En materia de coordinacion 11. Promover, concertar y articular la propuesta del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional con los poderes del Estado, los organismos constitucionales autonomos, los gobiernos regionales y locales, los partidos politicos y las instituciones representativas de la sociedad civil, utilizando metodologias de participacion directa y otras diversas de sondeo de opinion tecnicamente validas. 12. Recibir y orientar las iniciativas del sector privado y, previa evaluacion, articular sus requerimientos de decisiones en cuanto a promocion y apoyo del Estado, guardando coherencia con los objetivos de desarrollo nacional. 13. Promover la armonizacion de la formulacion de planes y politicas de desarrollo multisectorial, sectorial y territorial con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional. 14. Coordinar con los organos responsables la unificacion de criterios y metodologias para la elaboracion de lineas de base, indicadores y toda informacion relevante que sirve de insumo para la toma de decisiones en materia de planeamiento estrategico y definicion de planes y politicas. 15. Coordinar con el Consejo de Seguridad Nacional con la finalidad de integrar los objetivos de seguridad nacional al Plan Estrategico de Desarrollo Nacional.

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