Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2008 (06/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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Que, el inciso IV) del Articulo 3° del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 60 626,17 m², de conformidad con el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, articulo 33° del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF y Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modificatorias, Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0087-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 27 de febrero de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 60 626,17 m², ubicado frente a la avenida San MORDAZA (carretera a Cieneguilla), margen derecha rumbo al ovalo, al sur este del C.P.R. Tambo Viejo, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

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Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ribereno al mar, ubicado al noreste del Terminal Maritimo de ENAPU en la MORDAZA de Chimbote
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 034-2008/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 29 de febrero de 2008 Visto el Expediente N° 123-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 1 563 659,08 m², ubicado al noreste del Terminal Maritimo de ENAPU S.A., en la MORDAZA de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de Ancash; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico

de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno eriazo ribereno al mar de 1 617 688,42 m², ubicado al noreste del Terminal Maritimo de ENAPU S.A., en la MORDAZA de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 09 de febrero de 2007, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza y ribereno al MORDAZA MORDAZA, de topografia accidentada y de suelo arenoso con afloramiento rocoso, que en el terreno no existe ocupacion y que colinda con las obras realizadas por la Municipalidad Provincial del MORDAZA correspondientes a los Miradores de la MORDAZA MORDAZA que tiene visual hacia la MORDAZA de Chimbote; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 10 de MORDAZA de 2007, la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Chimbote, senala que el terreno de 1 617 688,42 m², no tiene superposiciones con predios inscritos, sin embargo indica que una fraccion de 4,61 Ha. se encuentra en ambito maritimo; Que, definida la linea de alta marea, se realizo el recorte del terreno en ambito maritimo quedando un area de 1 563 659,08 m² materia de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Articulo 3° del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 563 659,08 m², de conformidad con el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, articulo 33° del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 0012002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modificatorias, Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 315-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de noviembre de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 1 563 659,08 m², ubicado al noreste del Terminal Maritimo de ENAPU, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° VII - Sede Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

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