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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368403 de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 172854-4 Aprueban modificación de permiso de pesca de embarcación en virtud a la autorización de incremento de flota otorgada mediante R.D. Nº 362-2007-PRODUCE/DGEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 059-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 28 de enero del 2008 Vistos los escritos de Registro Nº 00077258 de fechas 12 y 23 de noviembre, 28 de diciembre de 2007, y 08 de enero de 2008, presentado por la empresa ISLA DE ONS SAC. CONSIDERANDO:Que los artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que para la operación de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específi co que el Ministerio de la Producción otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo; Que mediante Resolución Directoral Nº 094-2002-PE/ DNEPP, de fecha 25 de marzo de 2002, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa ISLA DE ONS SAC., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “MARY” con matrícula CE-20862-PM, de 300.52 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) de longitud mínimo de abertura de malla, según corresponda, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que por Resolución Directoral Nº 388-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 05 de noviembre de 2003, se aprobó la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARY” con matrícula CE-20862-PM de propiedad de la empresa ISLA DE ONS SAC., al haberse ampliado la capacidad de bodega a 324.51 m3, manteniéndose inalterables las demás características de la referida embarcación; Que a través de la Resolución Directoral Nº 362-2007- PRODUCE/DGEPP, se otorgó a la empresa ISLA DE ONS SAC., autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación “MARY” con matrícula CE-20862-PM, de 324.51 m3 a 435.36 m3, vía sustitución y aplicación de 110.85 m3 de la embarcación pesquera siniestrada KOSMIL III con matrícula CE-0253-PM; Que mediante los escritos del visto, la empresa ISLA DE ONS SAC, solicita la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación “MARY” con matrícula CE-20862-PM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, en virtud a la autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la referida embarcación, otorgada por Resolución Directoral Nº 362-2007-PRODUCE/DGEPP; Que la solicitud formulada por la empresa ISLA DE ONS SAC, ha sido encauzada conforme al procedimiento administrativo Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias, habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos, acreditando la posesión de la embarcación pesquera “MARY” con matrícula CE-20862-PM, mediante el Contrato de Arrendamiento Financiero suscrito con SCOTIABANK PERU S.A.A., según consta en el Certifi cado Compendioso de Dominio. Asimismo, la referida embarcación ha sido objeto de modifi cación estructural y de incremento de capacidad de bodega a 435.54 m3, según consta en el Certifi cado de Arqueo Nº DI- 02010192-11-03 de fecha 13 de diciembre de 2007, emitido por la Capitanía de Puerto de Chimbote; Que efectuada la correspondiente inspección técnica se constató que la embarcación pesquera “MARY”, se encuentra en buenas condiciones de operatividad y equipada convenientemente para desarrollar actividades de pesca; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 605-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 26 de noviembre de 2007 y con la opinión favorable del Área Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar en virtud a la autorización de incremento de fl ota otorgado por Resolución Directoral Nº 362-2007-PRODUCE/DGEPP, del 7 de agosto de 2007, la modifi cación de la Resolución Directoral Nº 094-2002-PE/ DNEPP, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 388-2003- PRODUCE/DNEPP, que otorgó permiso de pesca a favor de la empresa ISLA DE ONS SAC., para operar la embarcación pesquera “MARY” con matrícula CE-20862-PM, cedida vía arrendamiento fi nanciero por el SCOTIABANK PERU S.A.A, únicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega, entendiéndose que esta será 435.36 m3. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente resolución será ejercido conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Artículo 3º.- Incorporar la presente Resolución Directoral y la nueva capacidad de bodega de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula Nº CE-20862-PM, en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 172854-5 Declaran en abandono procedimientos administrativos de cambio de titular de permiso de pesca y de autorización de incremento de flota solicitados por personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 29 de enero del 2008 Visto el escrito de registro Nº 00059235 de fecha 23 de agosto de 2007, presentado por JOSE SANTOS VITE PINGO,