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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368409 358-2003-MTC/03 y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, su modifi catoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 210-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF del departamento de Ucayali, a fi n de incorporar a la localidad de Curimana; conforme se indica a continuación: Localidad: CURIMANA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 15 477.25 481.75 19 501.25 505.75 21 513.25 517.75 23 525.25 529.75 25 537.25 541.75 27 549.25 553.75 29 561.25 565.75 31 573.25 577.75 33 585.25 589.75 35 597.25 601.75 39 621.25 625.75 41 633.25 637.75 43 645.25 649.75 45 657.25 661.75 47 669.25 673.75 49 681.25 685.75 51 693.25 697.75 53 705.25 709.75 55 717.25 721.75 57 729.25 733.75 59 741.25 745.75Total de canales : 21La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 172593-1 Otorgan permiso de operación de aviación comercial a Helibest S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 035-2008-MTC/12 Lima, 26 de febrero de 2008 Vista la solicitud de la empresa HELIBEST S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO:Que, con Documento de Registro N° 2007-041189 del 29 de noviembre del 2007, la empresa HELIBEST S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial; Que, según los términos del Memorando Nº 1217- 2007-MTC/12; Memoranda Nº 160-2008-MTC/12.04 y Nº 581-2008-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELIBEST S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELIBEST S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 212- Bell 206- Bell 214- Augusta Bell 212- Eucureil, Aerospastiale; Eurocopter SA350BA- Eucureil, Aerospastiale; Eurocopter SA350B2- Eucureil, Aerospastiale; Eurocopter SA350B3- Eucureil, Aerospastiale; Eurocopter SA355F2- Eucureil, Aerospastiale; Eurocopter SA315B- MI 8T- MI 8P- MI 8AMT- MI 8MTV- MI 171 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTOS: ANCASH - Chimbote, Huaraz / Anta DEPARTAMENTOS: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTOS: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay. DEPARTAMENTOS: AYACUCHO - Ayacucho