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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368413 manera crónica y gravitante en la salud de su menor hija; situación que en la actualidad ha generado que se vea privado de vivir con su familia desde hace casi 3 años, y de brindarle en tal sentido la atención emocional y psicológica que en especial requiere la niña, en circunstancias en que tal como lo acredita padece de una enfermedad tan delicada y que necesita de cuidados extremos para evitar complicaciones y la proliferación de infecciones, todo lo cual ha producido que su familia deba trasladar su lugar de residencia a la ciudad de Chiclayo en donde por las características benignas del clima, mucho más templado, y de la atención médica especializada que allí recibe, ha sido posible mejorar el tratamiento de su afección; Cuarto: Que, fi nalmente, el señor Miguel Ángel Peralta Lui, solicita que al momento de resolver también se tenga en cuenta el principio de interés superior del niño, que se encuentra regulado en el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, en tanto establece que en toda medida concerniente precisamente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considere en primer lugar dicho principio y el respeto a sus derechos; Quinto: Que, siendo esto así, fluye del análisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud de su menor hija expuestas por el magistrado, a que se refiere el artículo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sede judicial que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Juez de Paz Letrado; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 12 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin las intervenciones del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, y de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivos de salud de su menor hija presentada por el magistrado Miguel Ángel Peralta Lui, Juez titular del Juzgado de Paz Letrado de Nauta, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Loreto y de Lambayeque, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 173293-2 Crean Juzgado Mixto Transitorio de la provincia de Azángaro, Distrito Judicial de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 026-2008-CE-PJ Lima, 30 de enero de 2008CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 137-2007-CE-PJ, de fecha 26 de junio de 2007, este Órgano de Gobierno dispuso entre otros extremos convertir el Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Azángaro en Juzgado Especializado Civil de Puno, con carácter permanente, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Puno; Segundo: Que, no obstante, de las informaciones recibidas recientemente de la Corte Superior de Justicia de Puno, aparece que en el Juzgado Mixto de Azángaro, en funciones de manera permanente en dicha Provincia, se viene presentando un ostensible retraso en la resolución de las causas actualmente en trámite, en especial por la reciente creación de una segunda Fiscalía Provincial Mixta, así como por el hecho que la Carretera Transoceánica, actualmente en plena construcción, atraviesa la Provincia de sur a norte, generando el crecimiento e intensificación de las actividades comerciales y como consecuencia de ello la aparición de conflictos de distinta naturaleza que se suman a los que se suscitaban en la zona; situación que unida a la alta densidad demográfica de la provincia, la cual ha venido incrementándose sustancialmente, justifica en las actuales circunstancias, la creación del Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Azángaro, como órgano de descarga procesal, por un período de 6 meses; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto concordado del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, y de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Azángaro, Departamento y Distrito Judicial de Puno, como órgano de descarga procesal por el período de 6 meses. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Puno a adoptar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución; recomendándosele tener la mayor diligencia posible en la designación del magistrado, provisional o suplente, así como del personal auxiliar que cumplirá funciones en el citado órgano jurisdiccional, con la fi nalidad de cristalizar con éxito el proceso de descarga procesal previsto. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia General del Poder Judicial de brindar apoyo presupuestario, técnico y administrativo necesarios para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 173293-3