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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de marzo de 2008 368419 Expiden título de Juez del Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 046-2008-CNM Lima, 20 de febrero del 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 862-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 862-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 304-2007-CE-PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el señor José Helí Gálvez Chávez, Juez Titular del Juzgado Mixto de San Pablo, Distrito Judicial de Cajamarca; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JOSÉ HELÍ GÁLVEZ CHÁVEZ, de Juez del Juzgado Mixto de San Pablo, Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JOSÉ HELÍ GÁLVEZ CHÁVEZ, de Juez del Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 172972-4 Expiden título de Juez del Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 047-2008-CNM Lima, 20 de febrero del 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 863-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 863-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 305-2007-CE- PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de necesidad del servicio presentada por el señor Angel Mario Gutiérrez Valdiviezo, Juez Titular del Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca, Distrito Judicial de Cajamarca; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor ANGEL MARIO GUTIÉRREZ VALDIVIEZO, de Juez Titular del Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca, Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor ANGEL MARIO GUTIÉRREZ VALDIVIEZO, de Juez del Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 172972-5 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje del Secretario General del JNE para participar en evento en el marco del “Día de la Función Electoral” que se desarrollará en Ecuador RESOLUCIÓN N° 046-2008-P/JNE Lima, 7 de marzo de 2008 VISTOS:El Memorando N° 029-2008-P3/JNE del Presidente (e) del Jurado Nacional de Elecciones, así como la Certifi cación