TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de marzo de 2008 368553 Nº 168-2007-OS/CD que fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2007 - abril 2008; Que, se han emitido el Informe Nº 0126-2008-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Nº 0120-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analizan las modificaciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Artículo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en este sentido, no habiéndose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Sexta Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución EDELNOR y LUZ DEL SUR; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases a las que se hace referencia en el Artículo 2º: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta Lima-SurSan Juan 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Santa Rosa 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000Chilca 218 kV 0,9922 1,0054 1,0000Ñaña 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Huachipa 60 kV 1,0000 1,0000 1,0000Salamanca 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Balnearios 61 kV 1,0000 1,0000 1,0000Chosica 63 kV 1,0000 1,0000 1,0000Callahuanca 10 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Lima-NorteChavarría 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000 Santa Rosa 212 kV 1,0000 1,0000 1,0000Santa Rosa 60 kV 1,0000 1,0000 1,0000Ventanilla 213 kV 0,9929 0,9701 0,9800 Artículo 2 º.- Aprobar las Bases para la Sexta Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 174368-1Aprueban Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Electro Norte Medio S.A., Electronoroeste S.A., Electrocentro S.A. y Electro Ucayali S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 223-2008-OS/CD Lima, 11 de marzo de 2008CONSIDERANDO:Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor a cinco (5) años; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante “Norma Lineamientos”) es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Norte Medio S.A. (en adelante HIDRANDINA), de conformidad con el numeral 3 del Artículo 4º de la Ley, manifestó el día 12 de febrero de 2007, su intención de efectuar una licitación pública en su nombre y por cuenta de las empresas Electronoroeste S.A. (en adelante ENOSA) y Electrocentro S.A. (en adelante ELECTROCENTRO), todas empresas pertenecientes al Grupo DISTRILUZ; Que, luego de efectuada la publicación, y dentro del plazo señalado, las empresas Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante SEAL), Electrosur S.A. (en adelante ELECTROSUR), Electro Sur Este S.A. (en adelante ELECTROSURESTE), Electro Puno S.A. (en adelante ELECTROPUNO) y Electro Ucayali S.A. (en adelante ELECTROUCAYALI), facultadas por el Artículo 4.3 de la Ley, manifestaron su intención de incorporarse al procedimiento; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 609- 2007-OS/CD, publicada con fecha 03 de octubre de 2007, se aprobaron las Bases para la Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución ENOSA, HIDRANDINA, ELECTROCENTRO, SEAL, ELECTROSUR, ELECTROSURESTE, ELECTROPUNO y ELECTROUCAYALI en primera convocatoria; y, posteriormente, con Resolución OSINERGMIN Nº 776-2007-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, el día 04 de enero de 2008 se efectuó el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto público, no se presentaron ofertas, por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma total. Asimismo, considerando que no se registró una oferta que superó el Precio Máximo de Adjudicación, aprobado por OSINERGMIN, no se procedió a su revelación; Que, el 31 de enero de 2008 se recibió la carta G- 126-2008, de la empresa ELECTROSURESTE, la cual