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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2008 (12/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de marzo de 2008 368555 Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor a cinco (5) años; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, formulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante “Norma Lineamientos”) es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Sur Este S.A.A. (en adelante “ELECTROSURESTE”), de conformidad con el numeral 3 del Artículo 4º de la Ley, manifestó el día 24 de noviembre de 2007, su intención de efectuar una licitación pública para la contratación de suministro de potencia y energía, al amparo de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley; Que, luego de efectuada la publicación, y dentro del plazo señalado, las empresas Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante “SEAL”), Electrosur S.A. (en adelante “ELECTROSUR”) y Electro Puno S.A.A. (en adelante “ELECTROPUNO”), facultadas por el Artículo 4.3 de la Ley, manifestaron su intención de incorporarse al procedimiento; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 028- 2008-OS/CD, publicada con fecha 25 de enero de 2008, se aprobaron las Bases para la Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución ELECTROSURESTE, SEAL, ELECTROSUR y ELECTROPUNO en primera convocatoria; y, posteriormente, con Resolución OSINERGMIN Nº 139-2008-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, el día 3 de marzo de 2008 se efectuó el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto público, no se presentaron ofertas, por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma total; Que, el mismo día 3 de marzo de 2008, se recibió el Ofi cio G-248-2008 con la Propuesta de Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución ELECTROSURESTE, SEAL, ELECTROSUR y ELECTROPUNO; Que, la propuesta de Bases ha sido desarrollada tomando en cuenta las Bases Integradas aprobadas mediante Resolución OSINERGMIN Nº 139-2008-OS/CD, manteniéndose los requerimientos de potencia no cubiertos en la Primera Convocatoria, con la modifi cación de la fecha de inicio de suministro del 1 de marzo al 1 de abril de 2008; Que, en aplicación de lo señalado en el numeral 3.12 de la Norma Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitación, para cuya determinación se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolución OSINERGMIN Nº 168-2007-OS/CD que fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2007 - abril 2008; Que, se han emitido el Informe Nº 0132-2008-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Nº 0130-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analizan las modifi caciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en este sentido, no habiéndose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución ELECTROSURESTE, SEAL, ELECTROSUR y ELECTROPUNO; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2º: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas PuntaHoras Fuera de Punta SOCABAYASocabaya 34,5 kV 1,0518 0,9059 1,0732 Chilina 33 kV 1,0518 0,9059 1,0732Santuario 13,8 kV 1,0182 0,8824 1,0465Callalli 138 kV 1,0360 0,8912 1,0588 REPARTICIÓNRepartición 138 kV 1,0565 0,9057 1,0713 Mollendo 138 kV 1,0622 0,9057 1,0713Marcona 60 kV 1,0575 0,9788 1,0228 MONTALVOSocabaya 33 kV 1,0518 0,9059 1,0732 Montalvo 138 kV 1,0558 0,9021 1,0738Ilo ELP 138 kV 1,0686 0,9084 1,0801 TOQUEPALAToquepala 138 KV 1,0707 0,9084 1,0826 Tomasiri 66 kV 1,1154 0,9347 1,1092Sarita 33 kV 1,0567 0,8965 1,0720Aricota1 10,5 KV 1,0450 0,8886 1,0625Aricota2 10,5 KV 1,0519 0,8933 1,0682Tacna 66 kV 1,0792 0,9102 1,0801 QUENCORODolorespata 10 kV 1,0168 0,8615 1,0065 Quencoro 10 kV 1,0168 0,8615 1,0065Quencoro 33 KV 1,0056 0,8539 0,9977 AZANGARO San Gabán 138 kV 0,9385 0,8225 0,9800 ANTAUTAAyaviri 10 kV 1,0175 0,8753 1,0420 Ayaviri 22,9 kV 1,0175 0,8753 1,0420Azángaro 22,9 kV 1,0002 0,8660 1,0318Antauta 60 kV 1,0880 0,9273 1,1048 JULIACA Juliaca 10 kV 1,0477 0,8955 1,0624 PUNOPuno 22,9 kV 1,0621 0,9047 1,0763 Puno 60 kV 1,0504 0,8967 1,0668 Artículo 2º.- Aprobar las Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electrosur S.A. y Electro Puno S.A.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 174371-1