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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368883 La obtención o existencia de Licencia de Obra y/o su vigencia, no libera al propietario de la aplicación de las sanciones pertinentes, si éste no efectúa el cercado o tapiado respectivo en el plazo indicado en el párrafo precedente. Artículo Quince.- ACABADOS EXTERIORES DE FACHADAS LATERALES Y POSTERIORES. – En caso de incumplimiento del acabado exterior de fachadas laterales y/o posteriores, se aplicarán las sanciones siguientes: a) En edifi cios hasta 2 pisos 1 UIT b) En edifi caciones de más de 2 pisos 2 UIT La Municipalidad pondrá en conocimiento del propietario, la obligación de proceder a concluir con los acabados exteriores de las fachadas laterales y posteriores según lo previsto en el artículo sexto, en un plazo de 45 días calendario contados a partir del día siguiente de su notifi cación, caso contrario será sancionado conforme a lo establecido en el Cuadro de Sanciones y escala de multas de la Municipalidad. La obtención o existencia de Licencia de obra y/o vigencia, no libera al propietario de la aplicación de las sanciones pertinentes, si éste no concluye con los acabados exteriores correspondientes, en el plazo indicado en el párrafo precedente. Artículo Dieciséis.- DAÑOS OCASIONADOS A AREAS DE DOMINIO PÚBLICO. – En caso de daños ocasionados como consecuencia de ejecución de obras civiles, se aplicará la siguiente sanción: a) Deterioro de Pistas y veredas 1 UIT b) Deterioro de áreas verdes 50 % UIT Las mencionadas sanciones se aplicarán sin perjuicio de que el infractor reponga a su estado anterior el área de dominio público dañado. Artículo Diecisiete.- INCUMPLIMIENTO DE NORMATIVIDAD. – Las sanciones precedentes no eximen al infractor de cumplir con las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las Sanciones previstas en la presente Ordenanza serán incorporadas al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia. Segunda.- Encargar al área Técnica a través de Obras Privadas y al área de Rentas, del fi el cumplimiento de la presente norma. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En el distrito de Santa Eulalia, a los quince días del mes de febrero del dos mil ocho. ELIAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 176399-2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBOGRANDE Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2007-MDT-C Tambogrande, 29 de diciembre del año 2007.VISTO: el Dictamen N°. 006-2007-MDT-C.TCCYT, de fecha 28 de diciembre de 2007, procedente de la Comisión de Presupuesto, Financiamiento y Control de Inversiones;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, ha establecido que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local y tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de Administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA es un documento de Gestión Institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos Administrativos que se tramitan ante las entidades; Que, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Sistema Administrativo en su Título I – Disposiciones Generales – Capítulo I en su Artículo 1º.- Ámbito de Aplicación.- Los presentes lineamientos son de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública, para los fi nes de la presente norma, se entenderá por “entidad Pública” a aquellas referidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444 - Ley de Procedimientos Administrativo General, con excepción de las referidas en su inciso 8) y las empresas privadas con participación del Estado …”. Asimismo, en su Artículo 2º , referente al Objeto, indica que los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones que deberán tener en cuenta las entidades para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444 en lo que respecta a la elaboración, aprobación y Publicación del TUPA y a la Ley Nº 29060; Que, la Comisión de Presupuesto, Financiamiento y Control de Inversiones; a través del Dictamen Nº 006-2007-MDT-CPFCI, de fecha 28 de diciembre de 2007, indica que el Texto Único de Procedimientos Administrativos, es un documento de Gestión Institucional creado para brindar a los Administrados o ciudadanos en General la información sobre todos los Procedimientos Administrativos que se tramitan antes las entidades; Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y lo indicado por la Unidad de Asesoría Jurídica mediante Opinión Legal Nº 1307-2007-MDT/UAJ, de fecha 28 de diciembre del 2007, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre de 2007, se aprobó por MAYORÍA con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta la siguiente Ordenanza Municipal: SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA de la Municipalidad Distrital de Tambogrande, incluidos el Anexo 01: Determinación de Costos Directos y Anexo 02: Determinación de los Costos Fijos, Determinación de Margen de Contribución para Gastos Fijos y la sustentación legal y técnica de procedimientos Administrativos. Artículo Segundo.- REMITIR a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros, los Formatos de sustentación legal y técnica de Procedimientos Administrativos contenidos en el TUPA dentro del Plazo Legal. Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE a la Gerencia Municipal, Unidad de Administración, Unidad de Rentas, Presidente de la Comisión de Financiamiento, Presupuesto y Control de Inversiones y Municipalidad Provincial de Piura, para su conocimiento y fi nes legales consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. SEGUNDO RAMÓN MORENO PACHERRES Alcalde 175547-1