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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2008 (15/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 113

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368879 Artículo 9.- Los resultados del sorteo serán publicados en un diario de mayor circulación y en la Página Web de la Municipalidad. Artículo 10.- No participarán en los sorteos, el Alcalde y los miembros del Concejo Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar al Despacho de la Gerencia Municipal la expedición de las Directivas de Ejecución y Control del Programa. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Presupuesto y Planeamiento, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, así como Subgerencia de Comunicaciones, en lo que les compete. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 176203-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran duelo en el distrito por fallecimiento de la Fiscal de la Nación DECRETO DE ALCALDÍA N° 05-2008-MSS Santiago de Surco, 14 de marzo de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El fallecimiento de la Fiscal de la Nación; y CONSIDERANDO Que, el día 14 de marzo del 2008, la Fiscal de la Nación, Dra. Adelaida Bolívar Arteaga, distinguida vecina del distrito de Santiago de Surco, falleció tras un largo tratamiento, según informó el Director del Instituto de Medicina Legal; Que, la Dra. Adelaida Bolívar cursó estudios superiores en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y en 1969 recibió el título de abogado, graduándose como magíster en Derecho Civil con la tesis “Adopción de Menores Declarados Judicialmente en Abandono y Derecho a la Tutela Jurisdiccional”. Culminó estudios de doctorado, continuó su capacitación profesional en temas específi cos del Derecho en las Universidades de Alicante, Ramón Llul y en la Escuela Judicial de Barcelona España; Que, en diciembre del año 2000 fue elegida por la Junta de Fiscales Supremos como representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones e integró el Pleno del Supremo Tribunal Electoral hasta el 22 de diciembre de 2004 y el 13 de octubre de 2005 la Junta de Fiscales Supremos la eligió, por unanimidad, como Fiscal de la Nación para el período 2005 a 2008; Que, la Municipalidad se solidariza con la Fiscalía de la Nación y los familiares de la Dra. Adelaida Bolívar Arteaga, por lo que es necesario decretar el izamiento del Pabellón Nacional a media asta en señal de duelo; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETAArtículo Primero.- DECLARAR Duelo en el distrito de Santiago de Surco por el fallecimiento de la Fiscal de la Nación Dra. Adelaida Bolívar Arteaga, vecina notable del distrito. Artículo Segundo.- IZAR el Pabellón Nacional a media hasta desde el 14 al 16 de marzo del 2008, en la sede central y en los locales de la Municipalidad de Santiago de Surco, en señal de duelo, por tal sensible fallecimiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Ofi cina de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 176380-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ratifican Ordenanza que aprobó procedimientos administrativos de Servicios Prestados en Exclusividad, las Tasas y Derechos de los mismos y el TUPA de la Municipalidad de La Punta ACUERDO Nº 000063 Callao, 8 de marzo de 2008El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 8 de marzo del 2008, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 40º, señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre del 2005, se aprobó el procedimiento de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban las Municipalidades Distritales de la Provincia Constitucional del Callao y a través de las cuales se creen o modifi quen tasas o contribuciones o se otorguen benefi cios respecto a dichos tributos; Que, a través del Ofi cio Nº 004-2008-MDLP/ALC el Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, remite la documentación para la Ratifi cación de la Ordenanza Nº 001-2008-MDLP/ALC, que aprueba los Procedimientos Administrativos de los Servicios Prestados en Exclusividad, las Tasas y Derechos de los mismos y el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta, de conformidad con lo señalado en la Ordenanza Municipal Nº 000033, adjuntando para ello la exposición de motivos, copia certifi cada de la Ordenanza Nº 001-2008-MDLP/ALC, trascripción del Acta de la Sesión de fecha 29 de enero del 2008, copia certifi cada de los antecedentes normativos, informe técnico debidamente sustentado, estructura de costos de los procedimientos administrativos debidamente desagregados y formatos de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos que incluye la determinación de costos directos y costos fi jos; Que, la Gerencia de Administración Tributaria dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, en su Informe Nº 086-2008-MPC-