Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2008 (15/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368871

de Sullana e inventariado en el Registro Nº 1492 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al departamento de Piura. · Predio de 1150.88 m², ubicado en la antigua Carretera Panamericana a la altura del Km. 1211 + 566 en el sector denominado Vichayito Norte, en el distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11034570 del Registro de Predios de Sullana e inventariado en el Registro Nº 1493 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al departamento de Piura. Que, el Articulo 15º de la Ley MORDAZA citada, establece que la desafectacion de terrenos comprendidos en la MORDAZA de dominio restringido, es el acto administrativo por medio del cual dichos predios se incorporan al dominio privado del Estado para ser adjudicados en propiedad o para el otorgamiento de otros derechos a favor de una entidad publica o de particulares; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del Articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856 aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, senala como causal de desafectacion de la MORDAZA de dominio restringido "La ejecucion de proyectos para fines turisticos y recreacionales, asi como para el desarrollo de proyectos de habilitacion MORDAZA de caracter residencial, recreacional con vivienda MORDAZA club o vivienda temporal o vacacional playa"; Que, mediante Carta Nº 107-02-2008-MTP, de fecha 12 febrero de 2008, la Municipalidad Provincial de Talara y Carta Nº 03-2008-ADUEI-MDLO/ING.WVR, de fecha 18 de febrero de 2008, de la Municipalidad Distrital de Los Organos, indican que no cuentan con un Plan de Acondicionamiento Territorial en la MORDAZA denominada Vichayito, del distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, ni con un Plan Urbano; Que, el organo competente para la desafectacion de la MORDAZA de dominio restringido es la Superintendencia de Bienes Nacionales, conforme se establece en el Articulo 17° del Reglamento MORDAZA citado; Que, a traves de los Informes Tecnico Legales Nºs. 110, 111 y ,112-2008/SBN-GO-JAD, todos de fecha 11 de marzo del 2008, se establece que resulta necesario proceder a la desafectacion de la MORDAZA de dominio restringido a fin que se incorpore al dominio privado del Estado los predios sub materia para su posterior adjudicacion de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la politica institucional; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 0712001, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 1542001-EF y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 1522001/SBN, Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/ SBN y Resolucion Nº 007-2007/SBN; SE RESUELVE : Articulo 1°.- Declarese la desafectacion de la MORDAZA de dominio restringido de tres predios de propiedad del Estado, que a continuacion se describen, por encontrarse dentro de la causal establecida en el literal a) del Articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2006-EF, a fin que se incorporen al dominio privado del Estado: · Predio de 501.39 m², ubicado frente a pasaje comun (circulacion interna) a 54.22 metros de la antigua Carretera Panamericana Norte altura del Km. 1211 + 852, en el sector denominado Vichayito Norte, en el distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11034573 del Registro de Predios de Sullana e inventariado en el Registro Nº 1491 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al departamento de Piura.

· Predio de 736.38 m², ubicado frente a pasaje comun (circulacion interna) a 82.79 metros en la antigua Carretera Panamericana Norte altura del Km. 1211 + 852, en el sector denominado Vichayito Norte, en el distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11034572 del Registro de Predios de Sullana e inventariado en el Registro Nº 1492 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al departamento de Piura. · Predio de 1150.88 m², ubicado en la antigua Carretera Panamericana a la altura del Km. 1211 + 566 en el sector denominado Vichayito Norte, en el distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11034570 del Registro de Predios de Sullana e inventariado en el Registro Nº 1493 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal ­ SINABIP, correspondiente al departamento de Piura. Articulo 2°.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral I - Sede Sullana de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos procedera a inscribir la desafectacion de la MORDAZA de dominio restringido dispuesta en el Articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adjudicaciones 175742-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Nueva relacion de medios de pago a que se refiere el primer parrafo del articulo 4º-A del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 033-2008/SUNAT MORDAZA, CONSIDERANDO: Que el primer parrafo del articulo 4º-A del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 146-2007-EF, establece que la SUNAT, en coordinacion con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, debera publicar en su pagina web la relacion de las Empresas del Sistema Financiero y de los Medios de Pago con los que estas se encuentran autorizadas a operar; de las empresas no pertenecientes al Sistema Financiero cuyo objeto principal sea la emision y administracion de tarjetas de credito, asi como de las tarjetas de credito que emiten; y de las empresas bancarias o financieras no domiciliadas y de las tarjetas de credito que emitan; De acuerdo a lo coordinado con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; En uso de las facultades conferidas por el articulo 4º-A del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- NUEVA RELACION DE MEDIOS DE PAGO Apruebese el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolucion, el mismo que contiene:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.