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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368878 Por las consideraciones antes expuestas, y estando a establecido en el numeral 6 del Artículo 20° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el Artículo 248° y 252° del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Segundo Matrimonio Civil Comunitario del presente año, la misma que se llevará a cabo el día Sábado 10 de mayo del 2008 a las 11:00 horas en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia Cuadra 15 – San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizándose una única publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, indicando en forma genérica el día, la hora y el lugar donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estarán disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en Caja del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Segundo Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuación se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y copia actualizada) - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las últimas elecciones). - Certifi cado Pre Nupcial (médico), expedido por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (S/. 40.00).- Certifi cado Domiciliario.- Certifi cado de Soltería.- Copias fedateadas de los Documentos Nacionales de Identidad de dos (02) testigos (mostrar original con el holograma de las últimas elecciones). - El Acta de Nacimiento, Certifi cado Domiciliario y Certifi cado de Soltería del Contrayente Extranjero, debe contar con la visación del Cónsul Peruano en el país de origen, así como con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedición del presente Decreto de Alcaldía, hasta el viernes 9 de mayo del 2008. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 175740-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban la realización del Programa de “Sorteos Paga y Gana” para estimular el cumplimiento de obligaciones tributarias ORDENANZA Nº 243-MDSMP San Martín de Porres, 27 de febrero del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 27.FEBRERO.2008, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores Regidores, se trató sobre proyecto de Ordenanza de premiación a los mejores contribuyentes; y CONSIDERANDO:Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se debatió el proyecto de Ordenanza denominado “Sorteos Paga y Gana” dirigido a los contribuyentes del distrito con el propósito de premiar a las personas naturales propietarias de predios destinados a casa habitación y que cumplen puntualmente con el pago de sus tributos municipales, permitiendo así optimizar la prestación de los servicios municipales a la colectividad sanmartiniana; De conformidad con el artículo l94 de la Constitución Política del Perú; artículos 9, Inc. 8) y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA “SORTEOS PAGA Y GANA” Artículo 1.- APRUÉBESE la realización del Programa de “SORTEOS PAGA Y GANA”, para estimular el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante el sorteo de premios entre los contribuyentes personas naturales que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres. Artículo 2.- El Programa de “SORTEOS PAGA Y GANA” que se aprueba se fi nanciará con un monto que no excederá del 2.5% de los ingresos obtenidos por la recaudación del Impuesto Predial en el presente período fi scal. Artículo 3.- Participarán en el sorteo del mes de Mayo los contribuyentes que hayan pagado el total y/o la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales al último día hábil del mes de abril. Artículo 4.- Participarán en el sorteo del mes de diciembre los contribuyentes que hayan pagado todas las cuotas del Impuesto Predial y se encuentren al día en el pago de los Arbitrios Municipales hasta el mes de noviembre inclusive. Artículo 5.- Será de cargo de la Subgerencia de Control Tributario remitir al vencimiento, al 30 de abril y al 29 de noviembre el padrón de contribuyentes hábiles a participar en el sorteo, debidamente validado. Debiendo publicarse en la Página Web el padrón respectivo durante la segunda semana del mes de mayo y la segunda semana de diciembre 2008. Artículo 6.- Los sorteos se realizarán en el mes de Mayo y en el mes de diciembre 2008, con la presencia de un Notario Público y un representante del Ministerio del Interior que dé fe del acto realizado, notifi cándose a los benefi ciarios durante la siguiente semana de realizado el sorteo. Artículo 7.- Cada contribuyente hábil participará en los sorteos con las siguientes opciones: - El número de opciones con el que participará cada contribuyente puntual será otorgado de la siguiente manera: - Una opción por el pago de la cuota del Impuesto Predial y una opción por el pago de la cuota de Arbitrios Municipales, por cada predio. - Una opción adicional por cada cuota de Impuesto Predial o Arbitrios Municipales pagada por adelantado, es decir, antes de la respectiva fecha de vencimiento. Artículo 8.- Los premios serán entregados al Contribuyente o a quien nombre como su representante, con la respectiva carta poder legalizada; teniendo el plazo de un mes para recoger el premio luego de efectuado el sorteo. En caso de no recabar el premio obtenido, será nuevamente sorteado.