Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2008 (20/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de marzo de 2008

Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 12º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones

177423-1

Otorgan autorizacion a Radiodifusora del Sur S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 212-2008-MTC/03
MORDAZA, 14 de marzo de 2008 VISTO, el Expediente Nº 1998-1046007 presentado por la empresa RADIODIFUSORA DEL SUR S.R.L., mediante el cual, solicita inspeccion tecnica a fin de que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 170-97-MTC/15.19, del 29 de MORDAZA de 1997, se concedio a la empresa RADIODIFUSORA DEL SUR S.R.L., el plazo de doce (12) meses, para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba una (1) estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Dicha resolucion fue publicada con fecha 1 de MORDAZA de 1997 en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Expediente Nº 1998-1046007, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) ubicada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, a fin que se le otorgue la respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion;

Que, con Informe Nº 0212-98-MTC/15.19.03.3, del 25 de agosto de 1998, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada a dicha estacion el dia 29 de MORDAZA de 1998, verificandose que la administrada cumplio con instalar y operar su estacion autorizada, concluyendo que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 265-2006MTC/03 publicada el 31 de MORDAZA de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, entre las cuales se encuentra la localidad denominada MORDAZA ­ Huarochiri - Canta, incluyendose en esta al distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe Nº 498-2008-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que es procedente otorgar a la empresa RADIODIFUSORA DEL SUR S.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 17097-MTC/15.19, y que por lo tanto, debera culminar el 2 de MORDAZA de 2017, plazo computado desde el dia siguiente de la publicacion de la citada resolucion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA DEL SUR S.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA ­ Huarochiri - Canta, departamento de Lima. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 170-97MTC/15.19, el cual vencera el 2 de MORDAZA de 2017. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- La empresa RADIODIFUSORA DEL SUR S.R.L., debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones

177426-1

Otorgan autorizacion a Compania Peruana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en la localidad de Nazca
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 214-2008-MTC/03
MORDAZA, 14 de marzo de 2008

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