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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369169 la función administrativa del Estado y el procedimiento común desarrollados en las entidades públicas; así como se norma la elaboración, contenido, aprobación y difusión de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos – TUPA; los mismos que contienen los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos; Que conforme al artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Resolución del Titular del organismo constitucionalmente autónomo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVEArtículo 1º.- Aprobar el Texto Unico del Procedimientos Administrativos – TUPA del Tribunal Constitucional que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto la publicación del TUPA del Tribunal Constitucional en la Página Web de la institución y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como de su remisión a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3º.- Poner en conocimiento la presente resolución a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, a la Secretaría Relatoría y a las Ofi cinas de Contabilidad y Tesorería, de Abastecimiento, de Trámite Documentario y Archivo y de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Presidente 178639-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 034-2008-P/TC Lima, 11 de marzo de 2008 VISTO el Informe Nº 075-2008-PP/TC emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, que tiene por fi nalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprueban los lineamientos generales para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública, con la fi nalidad de contar con un instrumento de gestión institucional que contenga la correcta defi nición de los cargos acorde con la estructura orgánica de la entidad y en base a las reales necesidades institucionales; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal, se efectuará por Resolución del Titular del Pliego; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 046-2007- P/TC, se ha actualizado el Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional en el que se establece la estructura orgánica, competencias y funciones de la institución; Que, el artículo 4º numeral 2º de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confi anza es aquel que desempeña cargo de confi anza técnico o político, distinto al de funcionario público. Dichos empleados, se encuentran en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que en cumplimiento a la Décima Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, exceptuó al Tribunal Constitucional de los Alcances de los incisos 1 y 2 del artículo 4º, y del literal a) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, sin que ello demande recursos adicionales del Tesoro Público, se ha cubierto la plazas vacantes fi nanciadas del Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que, en tal sentido, resulta pertinente aprobar el nuevo Cuadro para Asignación de Personal -CAP- del Tribunal Constitucional; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Tribunal Constitucional que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web del Tribunal Constitucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Presidente 178639-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Declaran infundada apelación interpuesta contra el Acuerdo Nº 495-01-2008 mediante el cual se modificó Resumen Ejecutivo de la Iniciativa Privada ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO PROINVERSÓN Nº 223-05-2008 11 de marzo de 2008 “VISTOS:El Recurso de Apelación presentado por el Consorcio Concesión Taboada el 5 de febrero de 2008, contra el Acuerdo del Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado Nº 495-01-2008, adoptado el 11 de enero de 2008 y publicado los días 14 y 15 de enero de 2008; los actuados dentro del marco de la tramitación de la Iniciativa Privada para el Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada - PTAR Taboada; y, el Informe Legal elaborado por el Dr. Natale Amprimo Plá, de fecha 10 de marzo de 2008; OIDA: La presentación realizada por el Dr. Natale Amprimo Plá, respecto del informe legal presentado a PROINVERSIÓN; CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de octubre de 2006, el Consorcio Concesión Taboada (en adelante, el Consorcio) presentó ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN (en adelante, PROINVERSIÓN), la