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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369154 Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 068-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 05 de febrero del 2008 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto y en todos sus extremos laResolución Directoral Nº 411-2006-PRODUCE/ DGEPP, en virtud a la Resolución Nº SEIS del 24 de octubre del 2007 emitida por la Tercera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Excluir a la señora TEODORA GALAN DE TEQUE y la embarcación MI TEODORA de Matrícula Nº PL-2703-CM y la Resolución Directoral Nº 411-2006-PRODUCE/DGEPP, del Anexo I, literal B de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 3 º.-Transcribir la presente Resolución Directoral a la Procuraduría Pública a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción, a la Tercera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consígnese en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 177512-3 Aprueban cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional a favor de empresa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 107-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 26 de febrero del 2008 Visto el escrito de registro Nº 00080627 del 22 de noviembre del 2007 presentado por la EMPRESA PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C. CONSIDERANDO:Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 351-97- PE del 17 de julio de 1997, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 695-97-PE del 5 de noviembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa UNION FISHING S.A. para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM de 510.00 m3 de volumen de bodega (344 toneladas de capacidad de carga neta de pescado) con sistema de preservación RSW, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, empleando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a través de la Resolución Directoral Nº 323-2001- PE/DNEPP del 12 de diciembre del 2001, entre otros, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C.; Que por Resolución Directoral Nº 256-2006-PRODUCE/ DGEPP del 4 de agosto del 2006, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM con 510.00 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación RSW a favor de la empresa MARICULTURA EL DORADO S.A.C.; Que a la fecha, la embarcación DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras publicado en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción, con permiso de pesca vigente para anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y con 510 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación RSW a favor de la empresa MARICULTURA EL DORADO S.A.C.; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax) , jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que a través del escrito del visto, la EMPRESA PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C., representada por su Gerente General Marita Elizabeth Ayala Palacios, solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente posee el dominio sobre la embarcación DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM, según consta en el Certifi cado Compendioso de Dominio expedido por Registros Públicos, Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz del 12 de noviembre del 2007; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procesales establecido en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, modifi cado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; por lo que resulta procedente atender la solicitud de la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 631-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolución Ministerial Nº 071-2001-PE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar a favor de la EMPRESA PROCESADORA DEL CAMPO S.A.C., el cambio de titular de permiso de pesca de la embarcación pesquera de bandera nacional denominada DON LUCHO de matrícula CE-6713-PM otorgado por Resolución Ministerial Nº 351-97-PE del 17 de julio de 1997, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 695-97-PE del 5 de noviembre de 1997, y a su vez modifi cado en su titularidad por Resolución Directoral Nº 323-2001-PE/DNEPP y Resolución Directoral Nº 256-2006-PRODUCE/DGEPP del 4 de agosto del 2006; en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido