Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2008 (20/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
DICE:

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conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 256-2006-PRODUCE/DGEPP del 4 de agosto del 2006, a favor de la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C., para operar la embarcacion denominada DON LUCHO de matricula CE-6713-PM. Articulo 4º.Incorporar a la EMPRESA PROCESADORA DEL MORDAZA S.A.C., como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion DON LUCHO de matricula CE-6713-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo a la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C., consignado en dichos Anexos. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

"Articulo 1°.- Otorgar a la empresa TOM SEAFOOD S.A.C. autorizacion para instalar una Planta de congelado en el establecimiento industrial ubicado en la Av. Industrial Mz H N° 16 MORDAZA MORDAZA Industrial Comprension del distrito, provincia y departamento de Tacna con una capacidad proyectada de 16 t/h." DEBE DECIR: "Articulo 1°.- Otorgar a la empresa TOM SEAFOOD S.A.C. autorizacion para instalar una Planta de congelado en el establecimiento industrial ubicado en la Av. Industrial Mz H N° 16 MORDAZA MORDAZA Industrial Comprension del distrito, provincia y departamento de Tacna con una capacidad proyectada de 16 t/d.." DICE: "Articulo 2°.- " ......... para que la interesada concluya con la instalacion correspondiente a la Planta de Harina residual para el tratamiento de residuos." DEBE DECIR: "Articulo 2°.- " ......... para que la interesada concluya con la instalacion correspondiente a la Planta de Congelado." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Rectifican la R.D. Nº 008-2008PRODUCE/DGEPP que autorizo a empresa la instalacion de planta de congelado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 110-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 27 de febrero del 2008 CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Directoral N° 008-2008-PRODUCE/ DGEPP emitida el 09 de enero del 2008 otorga a TOM SEAFOOD S.A.C. autorizacion para instalar una Planta de Congelado en el establecimiento industrial ubicado en la Av. Industrial Mz H N° 16 MORDAZA Industrial Comprension del distrito, provincia y departamento de Tacna con una capacidad proyectada de 16 t/h; Que, en los Articulos 1° y 2° existe un error material en lo que respecta a la capacidad proyectada y al plazo de instalacion de la Resolucion Directoral MORDAZA citada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Directo en su Informe N° 071-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 29 de enero del 2008 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Articulo 43° inciso b) numeral 4 e inciso d), los Articulos 44° y 46° del Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, el Articulo 52° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, del Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y del Articulo 201° de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas mediante el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Rectificar los Articulos 1° y 2° de la Resolucion Directoral N° 008-2008-PRODUCE/DGEPP como se detalla a continuacion:

Autorizan a empresa la importacion de ejemplares vivos de peces ornamentales con fines de recreacion y/o difusion cultural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 111-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 27 de febrero del 2008 Visto el escrito con registro Nº 00089665 del 27 de diciembre de 2007, presentado por la empresa C.H.R. INTERNATIONAL E.I.R.L. CONSIDERANDO: Que el articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera; Que los numerales 26.1 y 26.2 del articulo 26º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que la importacion y exportacion de especies hidrobiologicas MORDAZA requiere de la autorizacion del Ministerio de la Produccion; y cuando se trate de importacion, se requerira el Certificado Sanitario expedido por el MORDAZA de origen o procedencia; Que mediante el escrito del visto, la empresa C.H.R. INTERNATIONAL E.I.R.L., solicita autorizacion por cinco anos para la importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA procedentes de los siguientes paises: Estados Unidos de Norteamerica, MORDAZA, China, Brasil, Malasia, Sri Lanka, Tailandia, Taiwan, Colombia, Ecuador y Espana, con fines de recreacion y/o difusion cultural; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 18 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demas normas complementarias, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y

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