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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369172 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de transporte aéreo para el traslado de bienes de ayuda humanitaria destinados a la atención de emergencia por precipitaciones pluviales en Tumbes RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 091-2008-INDECI 7 de marzo del 2008 VISTOS: El Informe de Emergencia Nº 210 29/02/2008, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 187-2008 del 28.FEB.2008; el Informe Técnico Nº 033-2008-INDECI/12.0 del 04.MAR.2008; el Informe Legal Nº 045-2008-INDECI/5.0, del 07.MAR.2008, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2008 del 26.FEB.2008, se declara en estado de emergencia por desastre natural a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas; Que, en el Informe de Emergencia Nº 210 29/02/2008, expedido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional – COEN del INDECI, se informa que el 16.FEB.2008, como consecuencia de precipitaciones pluviales en el departamento de Tumbes, se registró un incremento del caudal del río Tumbes llegando a desbordarse a las 20 horas, afectando viviendas, áreas de cultivo, causando la pérdida de animales, la activación de quebradas, el deslizamiento de cerros y la destrucción de vías de acceso a centros poblados; Que, en consecuencia, la Dirección Nacional de Logística del INDECI ha ejecutado las acciones necesarias para la contratación del servicio de transporte aéreo (helicóptero MI-17) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria por un monto ascendente a S/. 89,856.81 (Ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis con 81/100 nuevos soles), destinados a la atención de la situación de emergencia producida por precipitaciones pluviales en el departamento de Tumbes, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley; Que, asimismo, conforme señala la Dirección Nacional de Logística en el Informe Técnico de vistos, los servicios de transporte que se contraten no son defi nitivos debido a que van a ser requeridos en función a la evaluación de daños, y a los requerimientos de ayuda humanitaria coordinados con la Dirección Nacional de Operaciones y con la Dirección Regional de Defensa Civil de Tumbes; Que, además, el inciso c) del artículo 19º de la Ley, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y normas modifi catorias, en adelante el Reglamento, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar el compromiso adquirido para la contratación del servicio de transporte aéreo para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, destinados a atender la situación de emergencia señalada, la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la exoneración a fi n de regularizar el proceso de selección correspondiente, para lo cual se cuenta con el Informe de Disponibilidad Presupuestal de Vistos;Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 014- 2008-INDECI de fecha 16.ENE.2008, y sus modifi catorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INDECI, para el Año Fiscal 2008; Que, asimismo, en aplicación de las normas legales mencionadas se verifi ca que la contratación del servicio de transporte aéreo para el traslado de los bienes de ayuda humanitaria, destinados a la atención de la emergencia en mención, debe incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Año Fiscal 2008; Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Dirección Nacional de Logística, y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica en los informes técnico y legal de vistos, procede la regularización de la contratación del servicio de transporte aéreo (helicóptero MI-17) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria por un monto ascendente a S/. 89,856.81.(Ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis con 81/100 nuevos soles), destinados a la atención de la situación de emergencia producida por precipitaciones pluviales en el departamento de Tumbes, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, y sus modifi catorias, respectivamente; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y complementarias, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Unidad de Abastecimiento, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones – PAAC del INDECI para el Año Fiscal 2008 a fi n de incluir la contratación del servicio de transporte aéreo (helicóptero MI -17) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria destinados a la atención de las emergencias, como consecuencia de las precipitaciones pluviales ocurridas en el departamentos de Tumbes, según Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de (01) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración por situación de emergencia y la regularización de la contratación del servicio de transporte aéreo (helicóptero MI-17) para el traslado de bienes de ayuda humanitaria por un monto ascendente a S/. 89,856.81.(Ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis con 81/100 nuevos soles), destinados a la atención de la situación de emergencia producida por precipitaciones pluviales en el departamento de Tumbes, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolución; adquisiciones que se realizaron contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal de Vistos, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y que fueron realizadas por la Dirección Nacional de Logística. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil