Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2008 (15/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2008

en el MORDAZA de lo establecido en el numeral 30.3 del articulo 30º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Publico. Articulo 3°.- MORDAZA de la presente Resolucion sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y a las correspondientes Unidades Ejecutoras del Pliego Poder Judicial . Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General Poder Judicial 200515-1

autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22°, inciso d) de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Orcopampa
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 189-2008-CG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 083-2008-CG/ ORAR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, provincia de MORDAZA, MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 01.Ene.2006 al 31.Dic.2006, relacionados a los hechos que se revelan; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso se efectue un Examen a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, MORDAZA, dirigido a determinar si esta ha dado cumplimiento a la normativa vigente referida a la ejecucion del canon minero y regalias; asi como de la adquisicion de bienes y contratacion de servicios efectuada con dichos recursos; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que la autoridad municipal invito, selecciono y contrato directamente a terceros para la prestacion de servicios de consultoria, sin encontrarse inscritos en el Registro correspondiente, simulando procesos de seleccion sustentados en documentos presentados por supuestos postores que desconocen su firma y sello, invocando experiencia exigida por areas usuarias que no existian, la cual ademas no se acredito, procediendo a efectuar los pagos correspondientes, sin verificar ni contar con la conformidad de los servicios prestados, los que finalmente no fueron en su caso, de utilidad para la entidad ni se ajustaron a los terminos contratados, causandole un perjuicio economico; hechos que configuran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsedad Generica, previstos y penados en los articulos 399° y 438° del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo

Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 199592-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales por presunto perjuicio economico ocasionado a la Municipalidad Provincial de Chota
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 191-2008-CG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2008 VISTO; el Informe Especial N° 084-2008-CG/ ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Chota, MORDAZA, periodo Ene­Dic.2004, el cual fue MORDAZA a los periodos 2003 y 2005, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Provincial de Chota, con la finalidad de verificar si la adquisicion de bienes y contratacion de servicios, asi como la ejecucion de obras a cargo de la referida entidad, se realizaron de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta los criterios de racionalidad, transparencia, calidad, oportunidad y precios adecuados; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision de Auditoria ha determinado que hubo irregularidades en la ejecucion de la obra "Captacion de Nueva Fuente de Agua Unigan", la cual se encuentra paralizada y en estado de abandono; hechos que han originado perjuicio economico a la entidad por S/. 98 941,89, el mismo que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22° de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y;

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