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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de mayo de 2008 372328 en el marco de lo establecido en el numeral 30.3 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 3°.- Copia de la presente Resolución será remitida a la Dirección Nacional del Presupuesto Público y a las correspondientes Unidades Ejecutoras del Pliego Poder Judicial . Regístrese, comuníquese y publíqueseHUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General Poder Judicial 200515-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Orcopampa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 189-2008-CG Lima, 13 de mayo de 2008VISTO, el Informe Especial N° 083-2008-CG/ ORAR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, provincia de Castilla, Arequipa, por el período comprendido entre el 01.Ene.2006 al 31.Dic.2006, relacionados a los hechos que se revelan; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dispuso se efectúe un Examen a la Municipalidad Distrital de Orcopampa, Arequipa, dirigido a determinar si ésta ha dado cumplimiento a la normativa vigente referida a la ejecución del canon minero y regalías; así como de la adquisición de bienes y contratación de servicios efectuada con dichos recursos; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión de Auditoría ha evidenciado que la autoridad municipal invitó, seleccionó y contrató directamente a terceros para la prestación de servicios de consultoría, sin encontrarse inscritos en el Registro correspondiente, simulando procesos de selección sustentados en documentos presentados por supuestos postores que desconocen su fi rma y sello, invocando experiencia exigida por áreas usuarias que no existían, la cual además no se acreditó, procediendo a efectuar los pagos correspondientes, sin verifi car ni contar con la conformidad de los servicios prestados, los que fi nalmente no fueron en su caso, de utilidad para la entidad ni se ajustaron a los términos contratados, causándole un perjuicio económico; hechos que confi guran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsedad Genérica, previstos y penados en los artículos 399° y 438° del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22°, inciso d) de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 199592-1 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales por presunto perjuicio económico ocasionado a la Municipalidad Provincial de Chota RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 191-2008-CG Lima, 13 de mayo de 2008 VISTO; el Informe Especial N° 084-2008-CG/ ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Chota, Cajamarca, período Ene–Dic.2004, el cual fue ampliado a los periodos 2003 y 2005, y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Provincial de Chota, con la fi nalidad de verifi car si la adquisición de bienes y contratación de servicios, así como la ejecución de obras a cargo de la referida entidad, se realizaron de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta los criterios de racionalidad, transparencia, calidad, oportunidad y precios adecuados; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión de Auditoría ha determinado que hubo irregularidades en la ejecución de la obra “Captación de Nueva Fuente de Agua Uñigán”, la cual se encuentra paralizada y en estado de abandono; hechos que han originado perjuicio económico a la entidad por S/. 98 941,89, el mismo que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; Descargado desde www.elperuano.com.pe