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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de mayo de 2008 372602 los requisitos documentales para solicitar una autorización como Taller de Conversión a GNV ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis del expediente presentado por EL TALLER C.M.V. S.R.L., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Taller de Conversión a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: Solicitud fi rmada por el representante legal de EL TALLER CMV S.R.L. Copia del Testimonio de Escritura Pública de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada con fecha 7 de junio del 2001, otorgada por EL TALLER CMV S.R.L., ante Notario Público César Bazán Navega y Copia del Testimonio de Escritura Pública de Adopción de Acuerdos con fecha 21 de junio del 2005, otorgada por EL TALLER CMV S.R.L., ante Notario Público César Humberto Bazán Naveda. Certifi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente a la Partida Nº 11292305 pedido con fecha 3 de enero del 2008, que acredita la vigencia del poder respectivo. Certifi cado de Inspección de Taller Nº 391501/839559 de fecha 9 de diciembre del 2008, emitido por la Entidad Certifi cadora de Conversiones SGS DEL PERÚ S.A.C., señalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. Planos de ubicación y de distribución del taller, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. Relación de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva antes citada, a la que se adjunta la declaración jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolución de homologación vigente del analizador de gases expedido por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. Nómina del personal técnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, copia simple de los títulos que acreditan su califi cación en mecánica automotriz y electricidad automotriz, copia simple de los títulos y/o certifi caciones que acreditan su califi cación en conversiones vehiculares del sistema de combustión a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vínculo contractual y copia de los documentos que acreditan la relación laboral o vinculo contractual con el taller. Copia del Contrato de fecha 30 de noviembre del 2007, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos – PEC autorizado GNV PERÚ S.A.C. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversión, así como el soporte técnico y la capacitación del personal. Copia de la constancia de Inscripción N° 1074-2005- PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GNV PERU S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Producción como proveedor de Equipos Completos – PEC. Copia del Contrato de Arrendamiento de fecha 25 de marzo del 2008, celebrado entre Doña Margoth Arcadia Torres Ramos con el Proveedor de Equipos Completos-PEC, GNV PERÚ S.A.C., mediante el cual se acredita la posesión legítima por parte de ésta última, del inmueble ubicado en la Av. Las Flores Nº 289, Urb. Canto Grande. Copia del documento mediante el cual se acredita que el Proveedor de Equipos Completos-PEC, GNV PERÚ S.A.C., otorga en cesión de uso a la solicitante, el inmueble ubicado en la Av. Las Flores Nº 289, Mz. H Lotes 2 y 3, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, acreditando de este modo, la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital del San Juan de Lurigancho. Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400810600012 emitida por la compañía de Seguros La Positiva Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 que aprueba el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución, a EL TALLER CMV S.R.L., para operar el taller ubicado en la Av. Las Flores Nº 289, Mz. H Lotes 2 y 3, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 9 de diciembre del 2008 Segunda Inspección anual del taller 9 de diciembre del 2009Tercera Inspección anual del taller 9 de diciembre del 2010Cuarta Inspección anual del taller 9 de diciembre del 2011Quinta Inspección anual del taller 9 de diciembre del 2012 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 17 de diciembre del 2008 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 17 de diciembre del 2009 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 17 de diciembre del 2010 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 17 de diciembre del 2011 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 17 de diciembre del 2012 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 200031-1Descargado desde www.elperuano.com.pe