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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2008 (22/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de mayo de 2008 372605 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor del Gobierno Regional de Pasco, hasta por la suma de Ochenta y Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 86 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 37678, detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolución, quedando el Gobierno Regional de Pasco prohibido de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que el Gobierno Regional de Pasco presente al Programa AguaPara Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser materia de modifi cación en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 23 de julio de 2007 y su Addenda de fecha 18 de marzo de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Chacayan, y el Gobierno Regional de Pasco para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE PASCO COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 37678AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGÜE DE LOS BARRIOS ASUNCIÓN Y SAN PEDRO DE CHANGO-CHACAYAN INDIRECTA 86,000,00 86,000,00 TOTAL 86,000,00 86,000,00ANEXO B PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE PASCO COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESU- PUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/. MES 01 37678AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGÜE DE LOS BARRIOS ASUNCIÓN Y SAN PEDRO DE CHANGO-CHACAYAN INDIRECTA 86,000,00 86,000,00 TOTAL 86,000,00 86,000,00 201901-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2008-VIVIENDA Lima, 19 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley Nº 28927, establece que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con fecha 20 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de San Francisco de Asís de Yarusyacan, provincia y Descargado desde www.elperuano.com.pe