Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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VIVIENDA

Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Molino para financiar proyecto de inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 176-2008-VIVIENDA MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectuan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente debera suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; ademas, senala que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, el ultimo parrafo del numeral 9.4 MORDAZA citado, precisa que cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, segun su capacidad operativa, se realice por Administracion Directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, conforme al numeral 2.3 del articulo 2 del Apendice "Lineamientos para la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 - Ley Nº 29142", aprobado por Resolucion Directoral Nº 049-2007-EF-76.01, establece que para efecto de las transferencias financieras que se efectuen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administracion Directa a que hace mencion el ultimo parrafo del numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142, no es de aplicacion el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a traves de Administracion Directa; dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el Convenio respectivo suscrito; Que, el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, establece que las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para

actividades y proyectos de inversion de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2007 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Molino, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la ejecucion del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472, detallado en el Anexo 1 del citado Convenio Especifico; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 270-2007VIVIENDA de fecha 16 de MORDAZA de 2007, se aprobo la transferencia financiera por la suma de Novecientos Treinta y Un Mil Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 931 300,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Molino, para financiar la ejecucion del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472, comprendido en el Convenio Especifico; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 80-2008VIVIENDA/VMCS /PAPT-DE de fecha 18 de marzo de 2008, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinion tecnica favorable para ampliar el monto de financiamiento del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472 comprendido en el Convenio Especifico, hasta por la suma de Novecientos Ochenta y Dos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 982 700,00); Que, con fecha 18 de marzo de 2008, se suscribio la Addenda al Convenio Especifico, por el cual se acuerda ampliar el monto de financiamiento del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472, hasta por el monto de Novecientos Ochenta y Dos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 982 700,00); Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Molino, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA, hasta por la suma de Novecientos Ochenta y Dos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 982 700,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472, detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion, cuyo desembolso se efectuara conforme al cronograma establecido en el Anexo B que forma parte integrante de la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para continuar la ejecucion del Proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolucion, quedando la Municipalidad Distrital de Molino, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- La ejecucion del Proyecto con codigo de SNIP Nº 47472, descrito en el Anexo A, se realizara bajo la modalidad de Administracion Directa a cargo de la Municipalidad Distrital de Molino, por lo que el desembolso de los recursos a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, se efectuara luego de que la citada Municipalidad presente al Programa Agua Para Todos, los documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto, y el cumplimiento de las formalidades establecidas en el Convenio Especifico y su Addenda de fecha 18 de marzo de 2008. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolucion, podra ser materia de modificacion en funcion a los resultados de la ejecucion del

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