Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Academicos informa al Pleno que no habiendo encontrado ningun documento que se informe a este Consejo sobre la renuncia del Presidente de la Comision Organizadora, tampoco hay resolucion donde se declare la vacancia por esa causal, carece de objeto pronunciarse sobre lo solicitado, y con relacion a la absolucion de traslado del Oficio Nº 5192008-CONAFU-P, no existe por parte de la Institucion educativa un solo argumento que contradiga, absuelva o justifique las deficiencias que el Pleno del CONAFU ha encontrado "in situ", y en virtud del MORDAZA de razonabilidad que reconoce el articulo 4º de la Ley Nº 27444 y dentro de los limites de las Facultades atribuidas a este Consejo por Ley Nº 264439, sugiere revocar la autorizacion provisional de la Universidad MORDAZA MORDAZA de Camana, designando una Comision de Cierre y Liquidacion establecido por los articulos 14º de Estatuto y los articulos 90º y 91º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU; Que, en sesion de fecha 21 y 22 de MORDAZA del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 144-2008-CONAFU, acuerda, deja sin efecto y revocar la autorizacion de funcionamiento provisional de la Universidad "Samuel Pastor" otorgada mediante Resolucion Nº 042-2008CONAFU de fecha 30 de enero del 2008; Por estas consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- REVOCAR la autorizacion de funcionamiento provisional de la Universidad "Samuel Pastor" otorgada mediante Resolucion Nº 042-2008CONAFU de fecha 30 de enero del 2008. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 201959-1

por la normativa vigente; acciones que han ocasionado perjuicio economico a la Municipalidad por el citado importe, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de otro lado, se ha determinado que funcionarios, a cargo de la administracion de los recursos de la entidad MORDAZA, sin premunirse de opinion tecnica ni legal, dispusieron la utilizacion de recursos publicos por S/. 8 698,86 para hacer MORDAZA a favor de determinada posicion sometida a consulta mediante un referendum, egresos que estan expresamente prohibidos por la normativa legal vigente; acciones que han causado perjuicio economico a la entidad MORDAZA por el citado importe, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 202038-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Jauja
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 192-2008-CG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2008 Visto, el Informe Especial Nº 088-2008-CG/ ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Jauja, MORDAZA, por el periodo comprendido entre Enero.2003 ­ Diciembre.2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Jauja, orientado a determinar si los recursos publicos asignados a dicha entidad fueron utilizados adecuadamente, con observancia de las normas legales aplicables y de los objetivos y metas trazadas por la entidad; Que, como resultado de la accion de control realizada, la Comision Auditora ha determinado que durante el periodo 2003 ­ 2005, funcionarios, encargados de la administracion de los fondos, dispusieron, sin premunirse de opiniones previas, del giro de cheques por S/. 14 731,42, para asumir gastos de publicidad, realizar celebraciones por fechas festivas, brindar subvenciones, donaciones y atenciones a terceros, los cuales no evidencian tener vinculacion con el cumplimiento de los objetivos municipales y que se encuentran prohibidos

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayma, MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 193-2008-CG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 089-2008-CG/ ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Cayma, MORDAZA, por el periodo comprendido del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2004, incluyendo operaciones posteriores a dicho periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Cayma, MORDAZA para determinar el cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos, referidos a la ejecucion de obras, endeudamiento financiero y adquisiciones de bienes y servicios; asi como, la verificacion de presuntas irregularidades denunciadas;

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