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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2008 (29/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 373050 de selección referidos a la adquisición de materiales de construcción para las obras a ejecutar el presente año por administración directa, por lo que no se han elaborado las bases ni tampoco la convocatoria correspondiente, lo que ha generado una situación de desabastecimiento inminente, de manera imprevista y extraordinaria; Que, de acuerdo al Informe Técnico y al Expediente del Proyecto, previo estudio de mercado se ha determinado que los diversos ítems que componen el procedimiento a exonerar ascienden a S/. 460,373.40 (Cuatrocientos sesenta mil trescientos setenta y tres y 40/100 Nuevos Soles); Que, el Jefe de Infraestructura concluye en su informe que existe una situación de desabastecimiento inminente en los materiales de construcción y alquiler de equipos y maquinarias de la obra: “Construcción del Centro Cívico Comercial y Artesanal ‘La Plaza’ de Taricá”, la cual ha sido generada por la negligencia del ex funcionario de la Municipalidad Distrital de Taricá, quien ejerció como Gerente Municipal y Presidente del Comité Especial Permanente; Que, mediante Informe Legal Nº 004-2008-GDT/ ALE/CADD, el Asesor Legal Externo de la Municipalidad Distrital de Taricá, Abog. Carlos Américo Domínguez Díaz, establece en su informe que los hechos descritos en el Informe Nº 099-2008-MDT/YRA/JI, que han generado una situación de urgencia corresponden a un desabastecimiento inminente de materiales de construcción que afectan la continuidad de la obra, teniendo en cuenta las competencias municipales descritas en el Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, asimismo, en aplicación del Artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, antes invocado, dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, y la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal; Que, en el Informe Legal Nº 004-2008-GDT/ALE/ CADD, se concluye que la situación descrita en el Informe Técnico se adecua a la situación prevista en el artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, por lo que es procedente aprobarse la exoneración del proceso de selección para la adquisición de materiales de construcción para la ejecución de la obra por administración directa: Construcción del Centro Cívico Comercial y Artesanal La Plaza de Taricá; Que, asimismo, existiendo indicios sufi cientes de responsabilidad del ex Gerente Municipal, Otto Alfonso Pozada Campaña, al no haber incluido la adquisición de materiales de construcción en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, así como no haber efectuado la convocatoria de los procesos de selección en el momento oportuno, corresponde en el acto aprobatorio disponer el inicio de las acciones legales en su contra;Que, conforme a lo expuesto, se puede evidenciar que existen las condiciones establecidas en el Artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, por lo que el Concejo Municipal considera procedente aprobar la declaración de desabastecimiento inminente y autorizar la exoneración del proceso de selección para la adquisición de materiales de construcción para la ejecución de la obra: “Construcción del Centro Cívico Comercial y Artesanal ‘La Plaza’ de Taricá” previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Taricá para el año 2008; Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, POR MAYORÍA de los miembros del Concejo Municipal; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la declaración de desabastecimiento inminente la adquisición de materiales de construcción para la ejecución de la obra por administración directa: “Construcción del Centro Cívico Comercial y Artesanal ‘La Plaza’ de Taricá” por el monto de S/. 460,373.40 (Cuatrocientos sesenta mil, trescientos setenta y tres y 40/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- Autorizar a la administración municipal la contratación mediante exoneración de personas naturales o jurídicas, proveedores de bienes, para la adquisición de materiales de construcción para la obra: “Construcción del Centro Cívico Comercial y Artesanal ‘La Plaza’ de Taricá”. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones administrativas contra el ex Gerente Municipal y ex Presidente del Comité Especial Permanente para las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Taricá, Sr. Otto Alfonso Pozada Campaña, por las acciones u omisiones que hubieran ocasionado la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo prevé el Artículo 47º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiéndose los antecedentes a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Taricá. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General de Municipalidad Distrital de Taricá remita copias del presente acuerdo, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal a la Ofi cina Regional de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDY HILDO CHINCHAY SALAZAR Alcalde 205670-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe